Comercio electrónico y venta a distancia o fuera del establecimiento

La información expuesta en esta página se refiere solo a la venta al consumidor final (B2C), no a otras empresas (B2B).

El comercio electrónico y la venta fuera del establecimiento ofrecen muchas ventajas, pero también entrañan determinadas obligaciones según la normativa de la UE.

La primera norma es que todos los productos destinados a la venta deben cumplir con la normativa, ser seguros y, por tanto, no causar ningún perjuicio a la salud y la seguridad de los consumidores. Según las normas de seguridad de la UE, como el Reglamento relativo a la seguridad general de los productos (RSGP), solo aquellos productos de consumo que sean seguros pueden ofrecerse a los consumidores de la UE.

De conformidad con el RSGP, las empresas que venden en línea deben respetar las obligaciones en materia de seguridad de los productos en función del servicio que presten (operadores económicos o prestadores de mercados en línea). Por ejemplo, los prestadores de mercados en línea deben diseñar su interfaz y garantizar que los comerciantes faciliten la información necesaria sobre la seguridad o la trazabilidad de los productos, así como difundir información sobre las recuperaciones de productos a sus consumidores. Los prestadores de mercados en línea también deben registrarse en el sistema Safety Gate de la UE e indicar su punto de contacto único.

Las transacciones sujetas a la normativa de la UE son los contratos de venta y servicios cuando no hay un encuentro personal entre el vendedor y el consumidor: por ejemplo los acuerdos contractuales por internet, teléfono (con o sin interacción humana), correo electrónico, fax o carta y los contratos que el vendedor celebra con el cliente fuera de los locales de su empresa.

Las normas sobre comercio electrónico y venta a distancia o fuera del establecimiento no cubren las transacciones en los siguientes ámbitos:

  • servicios sociales y de asistencia sanitaria
  • juegos de azar
  • productos financieros, de seguros y de inversión
  • propiedades inmobiliarias y alquiler de viviendas
  • viajes combinados, multipropiedad y determinados servicios de vacaciones que están cubiertos por normas específicas
  • transporte de pasajeros (aparte de algunas normas específicas)
  • contratos celebrados por determinados funcionarios públicos, como notarios
  • alimentos y bebidas suministrados habitualmente a domicilio o en el lugar de trabajo
  • productos vendidos en distribuidores automáticos
  • En algunos países de la UE estas normas no se aplican a los contratos fuera del establecimiento por un valor inferior a cincuenta euros.

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Última comprobación: 24/04/2025
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