Tu cobertura sanitaria

En la UE, el país responsable de la seguridad social y la cobertura sanitaria depende de tu situación económica y tu lugar de residencia, no de tu nacionalidad. Es importante que sepas de qué país depende el régimen de seguridad social por el que estás cubierto. Más información sobre la cobertura de la seguridad social en el extranjero.

Si tienes dudas sobre tus derechos y quieres asegurarte antes de ir al médico, dirígete a un punto de contacto nacional.

Se aplican condiciones especiales a la cobertura sanitaria en los siguientes casos:

Si trabajas en un país de la UE (o en Islandia, Liechtenstein, Noruega, Suiza o Reino Unido) y vives en otro, tienes derecho a recibir atención médica en ambos en las mismas condiciones que las personas aseguradas en esos países.

Debes darte de alta en el país donde trabajas y pedir un formulario S1 (antiguo formulario E106) al organismo competente del seguro de enfermedad. Ese formulario te da derecho a recibir asistencia sanitaria en el país donde vives.

En función de tu seguro, los miembros de tu familia pueden también tener derecho a recibir atención médica si viven en un país de la UE. No obstante, si eres trabajador transfronterizo, vives en un país de la UE y trabajas en Croacia, Dinamarca, Finlandia, Irlanda, Islandia, Noruega, Reino Unido o Suecia, tu familia solo tiene derecho a atención médica en esos países bajo determinadas circunstancias, por ejemplo, en caso de tratamiento necesario durante su estancia.

Cuidados a niños enfermos

Si eres trabajador transfronterizo y debes ausentarte del trabajo por enfermedad de tu hijo, consulta con tu organismo asegurador. Si tu hijo está cubierto por el seguro de tu pareja en vuestro país de residencia, es posible que no tengas derecho a las prestaciones.

Si eres un trabajador desplazado al extranjero por un período breve (menos de dos años), puedes optar por mantener el seguro en tu país de origen (aquel a partir del cual te han dado ese destino).

Si te trasladas al país al que te desplazan, asegúrate de solicitar un formulario S1 (antiguo formulario E106) a la institución aseguradora de tu país de origen. Con ese formulario tú y tu familia podréis recibir asistencia sanitaria durante vuestra estancia en el extranjero.

A tu llegada, debes entregar el formulario S1 a la institución aseguradora local.

Si trabajas en más de un país de la UE, pero desempeñas al menos el 25 % de tus actividades profesionales (en relación con tu horario laboral o tus ingresos) en el país donde vives, lo normal es que estés cubierto por el seguro de enfermedad del país donde vives.

No obstante, si estás trabajando como asalariado o autónomo fuera del país donde vives se aplican algunas normas especiales. Más información sobre la seguridad social en el extranjero.

Si vas a otro país de la UE por estudios, trabajos de investigación, prácticas o formación profesional, debes tener un seguro de enfermedad completo en ese país. Dependiendo de la institución o del programa en el que participes, puede que también necesites tener un seguro de accidentes.

  • Si no eres asalariado, puedes solicitar la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) Abrir como enlace externo , siempre que cumplas los requisitos.
  • Sin embargo, si eres asalariado en el país al que vas, debes darte de alta en el régimen local de seguros de enfermedad.

    Advertencia

    Algunos estudiantes de doctorado pueden considerarse trabajadores residentes y se les puede exigir que se den de alta en el régimen local de seguro de enfermedad o que contraten un seguro de salud privado.

  • Si tu universidad o centro de investigación te envía temporalmente (menos de dos años) a una universidad o centro de otro país de la UE, sigues cubierto por el régimen de seguros de enfermedad de tu país de origen a lo largo de tu estancia. Antes de marcharte, debes solicitar la TSE Abrir como enlace externo o, si te trasladas al país de destino, un formulario S1 (antiguo formulario E106).

Comprueba con el organismo asegurador o en el punto de contacto nacional de tu país de origen si te cubre durante todo el tiempo que vas a estar en el extranjero. Si te cubre, los trámites administrativos pueden resultar más fáciles si tienes una Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) válida.

No obstante, algunos seguros nacionales solo cubren el coste de la asistencia sanitaria en otro país de la UE durante un período limitado. Suele ser el caso de los estudiantes mayores (de más de veintiocho o treinta años) y los trabajadores que se forman en el extranjero. Si te encuentras en la misma situación, deberás darte de alta en un régimen local de seguros de enfermedad del país al que vas o contratar un seguro de salud privado.

Asistencia sanitaria en el país donde vives

  • Si cobras una pensión del país donde vives, el régimen de seguros de enfermedad de ese país os cubre a ti y a tu familia, aunque cobres una pensión de otros países.
  • Si no recibes ni pensión ni ningún otro tipo de ingresos del país donde vives, tú y tu familia tenéis pleno derecho a recibir atención médica en el país donde vivís a condición de que tengas derecho a ella en el país que paga tu pensión.
    — Debes pedir un formulario S1 (antiguo formulario E106) a la institución aseguradora del país del que recibes la pensión.
    — A tu llegada al país de destino, debes presentar el formulario S1 ante la institución aseguradora competente. Este documento demuestra tu derecho a asistencia sanitaria completa en tu país de residencia.

Ejemplo

Es importante que sepas por qué régimen de asistencia sanitaria estás cubierto

Nicolas ha vivido y trabajado en Francia durante la mayor parte de su carrera profesional, salvo unos cuantos años cuando era joven y trabajó de camarero en Italia.

Al jubilarse, se fue a vivir a Italia. Su pensión, por lo tanto, constará de dos partes: una pensión italiana, por los años que trabajó en ese país, y otra francesa, por el tiempo que trabajó en Francia.

Como Nicolas vive en Italia y, además, cobra una pensión de vejez italiana, ese país cubre sus gastos sanitarios. Ya no está cubierto por el sistema sanitario francés.

Cobertura sanitaria en el país donde trabajabas antes

En principio, tú y tu familia solo tenéis pleno derecho a recibir atención médica en vuestro país de residencia. Sin embargo, si el país que te paga la pensión es uno de los siguientes, tú y tu familia tenéis derecho a recibir atención médica tanto en el país que cubre tu pensión como en el que vives actualmente:

Austria

Alemania

Países Bajos

Bélgica

Grecia

Polonia

Bulgaria

Hungría

Eslovenia

Chipre

Islandia

España

Chequia

Liechtenstein

Suecia

Francia

Luxemburgo

Suiza

Advertencia

Si el país del que recibes la pensión no figura en la lista anterior, solo tienes derecho a asistencia sanitaria completa en el país donde vives.

Trabajadores transfronterizos jubilados

Si en tu último empleo fuiste trabajador transfronterizo, es decir, si vivías en un país pero para trabajar te desplazabas a otro, y te jubilaste por edad o invalidez, se aplica lo siguiente:

Continuación de un tratamiento

Incluso después de jubilarte, puedes seguir recibiendo un tratamiento iniciado en el país donde trabajabas antes.

Lo mismo vale para las personas que tengas a tu cargo si su tratamiento se inició en uno de los siguientes países:

Austria

Grecia

Países Bajos

Bélgica

Hungría

Polonia

Bulgaria

Italia

Portugal

Chipre

Letonia

Rumanía

Chequia

Liechtenstein

Eslovaquia

Estonia

Lituania

Eslovenia

Francia

Luxemburgo

España

Alemania

Malta

Suiza

Para seguir recibiendo un tratamiento iniciado en el país donde trabajabas antes, debes presentar a las autoridades sanitarias de ese país un formulario S3.

Cobertura en el país donde trabajabas antes y en el país donde vives ahora

Si has sido trabajador transfronterizo durante al menos dos de los cinco años anteriores a tu jubilación, tienes derecho a asistencia sanitaria tanto en tu país de residencia actual como en tu antiguo país de empleo.

Tanto tú como las personas a tu cargo tenéis derecho a recibir asistencia sanitaria en el país donde trabajabas si tanto ese país como el país donde vivís ahora pertenecen a este grupo:

Austria

Alemania

España

Bélgica

Luxemburgo

Francia

Portugal

Si viajas al país en el que trabajabas antes para acceder allí al tratamiento médico y la administración de ese país ya no es responsable de tus gastos de asistencia sanitaria, debes presentar un formulario S3. Puedes obtener el formulario S3 de tu organismo asegurador.

Si recibes prestaciones por desempleo de un país de la UE y decides trasladarte a otro país de la UE para buscar trabajo, debes obtener una Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) para ti y los miembros de tu familia antes de trasladarte al extranjero. No obstante, la TSE solo os permitirá a ti y a tu familia acceder a la atención médica necesaria (por ejemplo, en caso de urgencia) mientras estés cobrando las prestaciones por desempleo.

Si no estás asegurado en un país de la UE y decides trasladarte a otro país de la UE para buscar trabajo, los organismos de seguridad social decidirán a qué régimen debes acogerte y probablemente tendrás que estar cubierto por el seguro de enfermedad del país de destino.

Más información sobre la cobertura de la seguridad social en el extranjero.

En Europa, los sistemas sanitarios nacionales son muy diferentes

Los países de la UE son libres a la hora de establecer sus propias normas sobre derechos a prestaciones y servicios sanitarios.

Para evitar malentendidos y problemas que pueden llegar a ser graves, infórmate sobre el régimen de seguridad social del país a donde vas o pregunta en el punto de contacto nacional.

Ejemplo

Infórmate sobre el régimen de seguridad social en tu nuevo país

Susanne, que siempre ha trabajado en Alemania, se muda a España tras jubilarse. Allí, al ponerse enferma, contrata un sistema de asistencia a domicilio con una empresa privada, pues la seguridad social española no ofrece seguro de asistencia a domicilio.

Aunque su seguro alemán de asistencia a domicilio le cubre parte del coste, ella tiene que pagar de su bolsillo mucho más que si se hubiera quedado en Alemania. Esto se debe a las diferencias entre los sistemas de prestaciones alemán y español.

Diferencias al evaluar el grado de incapacidad

Si solicitas una pensión o prestación de incapacidad, puede ser que cada uno de los países donde hayas trabajado exija que te sometas a una revisión médica. Podría ser que un país considerase que tienes una incapacidad grave y otro que no existe tal incapacidad.

Más información sobre las pensiones de incapacidad en Europa.

Véase también:

Preguntas frecuentes

Legislación de la UE

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Última comprobación: 18/01/2024
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