Derechos y representación de los trabajadores
Como empleador, es importante que entienda la obligación de crear estructuras de representación del personal y de informar y consultar a los empleados sobre las decisiones que les afectan.
Asegúrese de dispensar el mismo trato a los demandantes de empleo de otros países de la UE que a los de su país. Además, debe ofrecer las mismas condiciones de trabajo al personal de su empresa, con independencia de su país de origen, y no puede discriminar a nadie por motivos de sexo, origen racial o étnico, religión, discapacidad, edad u orientación sexual.
Debe realizar adaptaciones razonables para los empleados con discapacidad, de manera que puedan solicitar y desempeñar distintas funciones y progresar en ellas, así como realizar actividades de formación. Con arreglo al Derecho de la UE, el derecho a beneficiarse de adaptaciones razonables se extiende a todas las actividades relacionadas con el trabajo.