Crear una Sociedad Cooperativa Europea

Una cooperativa es una empresa cuya propiedad y gestión recae en un grupo de personas o entidades jurídicas que comparten tanto sus beneficios como sus responsabilidades en la toma de decisiones. A diferencia de las empresas tradicionales, que están centradas en maximizar los beneficios, las cooperativas aspiran a satisfacer las necesidades de sus miembros.

Si forma parte de una cooperativa que pretende expandirse a través de las fronteras de la UE, la creación de una Sociedad Cooperativa Europea (SCE) es una opción eficaz. Esta estructura jurídica le permite operar en varios países dentro de un único marco y facilita el acceso a mercados más amplios, la cooperación internacional y la consecución de economías de escala.

Requisitos clave y constitución

Entre los requisitos clave para una Sociedad Cooperativa Europea (SCE) figuran los siguientes:

  • un capital mínimo de 30 000 EUR,
  • estar registrada en el país de la UE en el que tiene su sede central,
  • pertenecer a personas físicas o entidades de al menos dos países de la UE diferentes.

La SCE puede crearse de tres maneras:

  • empezando desde cero, con al menos cinco personas físicas o dos entidades jurídicas de diferentes países de la UE,
  • mediante la fusión de dos o más cooperativas existentes,
  • o mediante la conversión de una cooperativa existente que haya desarrollado su actividad en otro país de la UE durante al menos dos años.

Caso concreto

De locales a europeas: cómo se unieron tres cooperativas en materia de energías renovables

Tres cooperativas en materia de energías renovables de España, Dinamarca y Bélgica querían colaborar en el desarrollo de proyectos solares y eólicos por toda Europa. Para simplificar las operaciones y acceder a financiación, decidieron constituir una Sociedad Cooperativa Europea (SCE). Cumplían el requisito de que los miembros fueran de al menos dos países de la UE, reunieron un capital de 30 000 EUR y registraron la SCE en Bélgica, donde habían optado por establecer su sede central. Acordaron una estructura de gobernanza con un órgano de dirección que supervisara las operaciones diarias y un órgano de supervisión general. Ahora, como entidad jurídica única, puede negociar mejores contratos, ampliar sus proyectos y compartir recursos de manera más eficiente a través de las fronteras.

Gobernanza

Las votaciones suelen seguir el principio cooperativo de «un miembro, un voto», aunque en determinados casos se permite el voto ponderado.

Debe celebrarse una junta general al menos una vez al año, en la que las decisiones se adopten por mayoría simple, salvo para modificar de los estatutos internos, que requieren una mayoría de dos tercios. Su estructura de gestión puede ser un sistema de dos niveles con un órgano de dirección y un órgano de supervisión, o bien un sistema de un solo nivel con un único órgano administrativo, lo cual aporta flexibilidad.

Representación del personal

Antes de registrar una SCE, debe constituirse una comisión negociadora especial, formada por representantes de los trabajadores de todos los países implicados. La comisión negociadora especial colabora con la dirección de la SCE para acordar el nivel y los métodos de implicación de los trabajadores, lo que incluye el intercambio de información, la consulta y, en algunos casos, la participación en los órganos decisorios.

Fiscalidad

A efectos fiscales, se trata a la SCE como a cualquier otra empresa multinacional, por lo que debe pagar impuestos en cada país en el que desarrolle su actividad.

Puede consultar la información nacional a continuación.

Más información

Legislación de la UE

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Última comprobación: 13/05/2025
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