Tramitación de herencias transfronterizas

Si un familiar o allegado tuyo fallece y eres uno de sus herederos, como norma general puedes ejecutar la herencia con:

  • los tribunales del último país de la UE en que ha vivido el fallecido
  • notarios de cualquier país de la UE.

Normalmente, la autoridad que se ocupe de la herencia aplicará el Derecho nacional del último país de la UE en que haya vivido el fallecido, a no ser que este haya elegido que se aplique a la herencia el Derecho del país cuya nacionalidad poseía.

Posibilidad de que los herederos elijan el tribunal

Si un problema sucesorio debe resolverse en un tribunal, normalmente los herederos deben acudir a los tribunales del último país de la UE en que haya vivido el fallecido.

No obstante, si el fallecido ha elegido que se aplique a su herencia el Derecho del país de la UE de su nacionalidad y todos los herederos o partes interesadas poseen la misma nacionalidad, pueden acordar llevar el caso a los tribunales de ese país.

Este acuerdo debe ser unánime.

Aceptación o renuncia a la herencia o sucesión

El Derecho nacional que se aplica a la herencia puede permitirte declarar ante un tribunal si aceptas la herencia o renuncias a ella.

Según las normas de la UE, puedes hacer esa declaración ante un tribunal del país en que vives, aunque el tribunal que tramita la sucesión esté en otro país de la UE.

Efectos de resoluciones judiciales dictadas en otro país de la UE

Una resolución judicial sobre una herencia dictada en un país de la UE se reconocerá en otros países de la UE sin necesidad de ningún procedimiento especial.

No obstante, si la parte del otro país de la UE se niega voluntariamente a cumplir la resolución judicial, puedes solicitar que la resolución se declare ejecutoria y entonces puede intervenir la policía o un agente judicial para obligar a su cumplimiento.

La otra parte solo puede recurrir contra el reconocimiento de resolución ejecutoria por las siguientes razones:

  • que la resolución sea claramente incompatible con la política del país de la UE en la que debe reconocerse o ejecutarse, por ejemplo si es discriminatoria
  • que la resolución contradiga resoluciones judiciales anteriores del país de la UE en el que debe reconocerse o ejecutarse
  • que alguno de los interesados en el procedimiento no tenga la posibilidad de preparar su defensa.

Advertencia

Las resoluciones de los tribunales de Dinamarca e Irlanda no pueden acogerse a estas normas simplificadas cuando deben reconocerse o ejecutarse en otro país de la UE.

Certificado Sucesorio Europeo

Los herederos pueden tener que demostrar ante una autoridad o entidad bancaria de otro país de la UE que tienen derecho a la titularidad de los bienes que tenía el fallecido en ese país.

El albacea testamentario y el administrador de los bienes también pueden tener que demostrar su condición para ejercer sus derechos en otro país de la UE.

Ejemplo

Piotr, ciudadano polaco, fallece mientras está trabajando en Alemania como trabajador desplazado por un periodo de un año.

Su viuda y heredera, Gosia, vive en Polonia y necesita acceder a su cuenta bancaria alemana para pagar varias facturas y el último mes de alquiler.

Pero el banco le pide un documento oficial que atestigüe que es heredera de Piotr y está autorizada a acceder a su cuenta. Los obstáculos administrativos pueden hacer más dura aún la situación.

La autoridad del país de la UE que ejecuta la herencia puede facilitarte un documento nacional que certifique tu condición de heredero, albacea testamentario o administrador de los bienes.

Alternativamente, puedes pedir a esa autoridad que te expida un Certificado Sucesorio Europeo.

La ventaja del Certificado Sucesorio Europeo es que surte los mismos efectos en toda la UE independientemente del país en que se haya expedido. Por otra parte, un documento nacional puede tener distintos efectos en función del país de la UE que lo haya expedido, lo que puede retrasar el reconocimiento de tus derechos en otro país de la UE.

Además, el Certificado Sucesorio Europeo se reconoce en los demás países de la UE sin necesidad de ningún procedimiento especial.

Puedes pedir el Certificado Sucesorio Europeo a un tribunal del país de la UE competente para resolver la sucesión o a otra autoridad competente, por ejemplo un notario, en el mismo país. En caso de que te lo denieguen, puedes recurrir.

La autoridad que expide el Certificado Sucesorio Europeo conservará el original y expedirá copias compulsadas, válidas para un periodo de seis meses ampliable, a los herederos, al albacea testamentario o al administrador de la propiedad.

La misma autoridad puede modificar o retirar el Certificado Sucesorio Europeo si llega a resultar que no es exacto.

Ejemplo

Piotr muere en Alemania cuando estaba viviendo y trabajando temporalmente allí. Pero tenía su vida en Polonia, donde viven su viuda, Gosia, su familia y sus amigos. Por eso son las autoridades polacas las que se encargan de la herencia de Piotr.

Los tribunales polacos expiden a Gosia un Certificado Sucesorio Europeo, que puede utilizar para demostrar al banco de Piotr en Alemania que tiene derecho a acceder a su cuenta y utilizar el último dinero de su marido para pagar sus facturas y el último mes de alquiler.

Legislación de la UE

¿Necesitas recurrir a los servicios de asistencia?

Ponte en contacto con los servicios de asistencia especializados

Última comprobación: 06/10/2023
Compartir esta página