Preguntas frecuentes - Si no encuentras trabajo

— Para seguir recibiendo la prestación por desempleo, puedes solicitar un nuevo formulario U2 (consulta a la oficina de empleo que te emitió el primer formulario U2 para saber si debes volver a tu país o puedes pedirlo a distancia).

La duración total de tu estancia en el extranjero (en todos los países en los que busques trabajo mientras recibes prestaciones de desempleo) no puede superar los tres meses (con posibilidad de prórroga a seis, siempre y cuando esté de acuerdo la administración que paga tus prestaciones).

La respuesta tiene dos partes:

Tu derecho a permanecer en otro país de la UE

Como persona en situación de desempleo que busca trabajo, puedes quedarte en otro país mientras puedas demostrar que lo buscas y que tienes buenas posibilidades de encontrarlo: copias de tus candidaturas, respuestas favorables a las mismas, convocatorias a entrevistas, etc. Esto vale aun cuando no tengas ingresos o hayas dejado de percibir prestaciones de desempleo.

Si viviendo en otro país te quedas en paro, sigues teniendo derecho a vivir allí y percibir las mismas prestaciones que sus ciudadanos aun en caso de que estés:

  • temporalmente incapacitado para trabajar por enfermedad o accidente
  • inscrito en la oficina de empleo como persona en situación de desempleo involuntario:
    • habiendo estado empleado más de un año o
    • habiendo estado empleado menos de un año, en cuyo caso conservas el derecho a recibir el mismo trato que los ciudadanos de ese país durante al menos seis meses
  • empezando una formación profesional (si no estás en situación de desempleo involuntario, la formación debe estar relacionada con tu empleo anterior).

Tu derecho a seguir percibiendo prestaciones de desempleo en el extranjero

Mientras buscas trabajo en otro país, puedes seguir recibiendo prestaciones de desempleo durante tres meses. Se te ingresará el mismo importe directamente en tu cuenta corriente en el país en el que te quedaste sin trabajo. Si quieres quedarte más de tres meses, puedes pedir una prórroga de otros tres. Solicítala directamente a los servicios nacionales de empleo del país donde te quedaste en paro.

La administración nacional no tiene obligación de concederte la prórroga, sino que decidirá en función de tus circunstancias personales. Algunas administraciones sólo la conceden en casos excepcionales (por ejemplo, enfermedad o accidente durante los primeros tres meses), mientras que otras se limitan a pedir pruebas de que buscas activamente trabajo en el extranjero (por ejemplo, copias de candidaturas).

Ver la principal información sobre este tema

Legislación de la UE

Última comprobación: 19/05/2022
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