Con arreglo a las normas de la UE, los empresarios deben ofrecer ajustes razonables a los empleados con discapacidad. Cualquier adaptación, y los costes correspondientes, deben ser realistas y no imponer una carga desproporcionada a la empresa.
¿Qué son los ajustes razonables?
Se entiende por ajustes razonables cualquier modificación de un puesto o un entorno de trabajo que sea necesaria para permitir a una persona con discapacidad solicitar un puesto de trabajo, desempeñar sus funciones y prosperar, o realizar una formación.
Los ajustes razonables están destinados a todo trabajador con discapacidad. El derecho a acogerse a ajustes razonables se extiende a todas las actividades relacionadas con el trabajo amparadas por el Derecho de la UE, desde el proceso de solicitud de empleo hasta la finalización de este. También se extiende a las condiciones de trabajo y a los complementos salariales.
Tipos de ajustes razonables y ejemplos
Soluciones técnicas
- proporcionar una plaza de aparcamiento reservada
- instalar ascensores o rampas
- muebles de oficina, como mesas regulables o sillas ergonómicas
- lupas de pantalla de ordenador
- terminales Braille
Regímenes de trabajo
- horario laboral flexible
- teletrabajo
- reubicación
- pausas para tomar medicación
Medidas de formación
- ajustar el material para mejorar la accesibilidad, por ejemplo realizando una prueba oral en lugar de escrita
- formación para la movilidad de los trabajadores invidentes como parte de su introducción en el lugar de trabajo
Medidas de sensibilización
- crear una cultura de trabajo inclusiva, de modo que cualquier persona pueda realizar su trabajo independientemente de su discapacidad
Para más información y acceso a los portales nacionales, véase igualdad de trato en el trabajo.