Normas de circulación y seguridad vial - Croacia
¿Qué norma le interesa?
- Cinturones de seguridad
- Semáforos
- Límites de velocidad
- Límites de alcohol
- Conducir bajo la influencia de drogas
- Carril prohibido
- Casco de seguridad
- Teléfono móvil
- Otras normas específicas
El uso de cinturones de seguridad y sillas infantiles es OBLIGATORIO (Directiva 91/671/CEE modificada). Puede haber personas exentas por motivos médicos |
Sin información |
Motocicletas
Vehículos de menos de 3,5 t
Límites generales de velocidad (salvo otra señalización) [km/h]
Vías urbanas | |
Vías no urbanas | |
Autopistas/autovías |
Turismos y furgonetas
Vehículos de menos de 3,5 t
Límites generales de velocidad (salvo otra señalización) [km/h]
Vías urbanas | |
Vías no urbanas | |
Autopistas/autovías |
Turismos y furgonetas con remolques
Vehículos de menos de 3,5 t
Límites generales de velocidad (salvo otra señalización) [km/h]
Vías urbanas | |
Vías no urbanas | |
Autopistas/autovías |
Vehículos pesados
Más de 3,5 t
Límites generales de velocidad (salvo otra señalización) [km/h]
Vías urbanas | |
Vías no urbanas | |
Autopistas/autovías |
Autobuses
Límites generales de velocidad (salvo otra señalización) [km/h]
Vías urbanas | |
Vías no urbanas | |
Autopistas/autovías |
0,5 g/l Tasa general | |
0,0 g/l Conductores noveles | |
0,0 g/l Conductores profesionales |
Drogas prohibidasTHC (cannabis) Metilanfetamina MDMA (éxtasis) También están prohibidos los opiáceos, la cocaína y las anfetaminas. |
Carriles reservados exclusivamente a determinados tipos de vehículos (por ejemplo, bicicletas o autobuses), excepto en caso de urgencia. |
Bicicletas(Obligatorio para menores de 16 años) | |
Ciclomotores | |
Motocicletas con/sin sidecar | |
Triciclos ligeros y pesados | |
Cuatriciclos ligeros y pesados |
Prohibido utilizar el teléfono móvil, salvo con manos libres | |
Se permite utilizar el teléfono móvil con manos libres |
Luces de circulación diurnasObligatorias para motocicletas y ciclomotores Obligatorias para los demás vehículos durante el horario de invierno (desde que se atrasan los relojes en otoño hasta que se adelantan en primavera) | |
Elementos de seguridad para automóvilesBotiquín de primeros auxilios Triángulo de señalización Chaleco reflectante en el vehículo Lámparas de repuesto (salvo en vehículos con lámparas de xenón, neón o LED) | |
Equipamiento de inviernoEn las carreteras principales, el equipamiento de invierno es obligatorio entre el 15 de noviembre y el 15 de abril, con independencia de las condiciones meteorológicas. Todos los vehículos de motor (que pesen menos de 3,5 t) deben utilizar neumáticos de invierno (M+S) en todas las ruedas, o neumáticos de verano con dibujo de profundidad mínima de 4 mm, además de llevar cadenas en el vehículo, listas para ser instaladas en las ruedas motrices. Los autobuses y vehículos pesados de transporte de mercancías deben instalar cadenas o neumáticos de invierno (M+S) en las ruedas motrices. En las demás carreteras, son obligatorios los neumáticos de invierno (M+S) o las cadenas en condiciones invernales (cuando hay nieve o hielo en la carretera). Los autobuses y vehículos pesados de transporte de mercancías deben llevar cadenas o utilizar neumáticos de invierno (M+S) en las ruedas motrices. No se permiten neumáticos con clavos. | |
Elementos de seguridad para ciclistasChaleco reflectante (de noche / con baja visibilidad) |
Cláusula de exención de responsabilidad
Este contenido sobre seguridad vial y normas de circulación procede de las autoridades nacionales, de conformidad con el artículo 8, apartado 1, de la Directiva (UE) 2015/413. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad por este contenido ni por su exactitud. Para obtener información más exacta y actualizada, consulta los sitios web nacionales, donde también encontrarás información sobre otras normas nacionales relacionadas con las tasas de base temporal (viñetas), los distintivos de emisiones o los peajes de carretera.