Preguntas frecuentes - Modelos de formularios para los derechos de seguridad social
¿Qué son los documentos portátiles?
Los documentos portátiles sustituyen a los antiguos formularios de la serie E. Los expiden los organismos competentes de seguridad social del país donde estés asegurado.
Cada documento se refiere a una persona (aunque también puede incluir a miembros de su familia) y contiene el nombre y apellidos de los interesados y otros identificadores. El organismo de seguridad social que expide el documento debe firmarlo y sellarlo.
¿Qué aspecto tiene un documento portátil?
Los documentos portátiles para la coordinación de la seguridad social llevan la bandera de la UE en la parte superior izquierda y una referencia al tipo de coordinación en el margen superior derecho. En la parte inferior del documento se indican los datos del organismo expedidor. La única excepción a este modelo es la tarjeta sanitaria europea (TSE) en .
El formulario A1 (anteriormente E101 y E103) acredita el pago de cotizaciones a la seguridad social en otro país de la UE, Islandia, Liechtenstein, Noruega, Suiza o el Reino Unido. Suelen necesitarlo los trabajadores desplazados a otro país o con actividades laborales simultáneas en varios países. Para más información, ponte en contacto con tu organismo de seguridad social.
El formulario DA1 (anteriormente E123) te da derecho a recibir tratamiento médico si sufres un accidente laboral o padeces una enfermedad profesional en otro país de la UE, Islandia, Liechtenstein, Noruega, Suiza o el Reino Unido. Para más información, ponte en contacto con tu organismo de seguridad social.
El formulario P1 ofrece una visión general de las decisiones de cada país sobre tu solicitud de pensión. Te ofrece información sobre la manera en que cada organismo ha calculado tus períodos de seguro, y te permite comprobar, por ejemplo, si existen lagunas o si determinados períodos de seguro se solapan.
El formulario S1 (anteriormente E106, E109, E120 y E121) te permite inscribirte para recibir asistencia sanitaria si vives en un país de la UE, Islandia, Liechtenstein, Noruega, Suiza o el Reino Unido, pero estás asegurado en un país diferente, normalmente como pensionista que se jubila en el extranjero. También puede ser útil para los miembros de tu familia que permanezcan en su país de origen mientras trabajas en otro país, lo que significa que están cubiertos por la seguridad social del país en el que trabajas. Para más información, ponte en contacto con tu organismo de seguridad social.
Con el formulario S2 (anteriormente E112) puedes acreditar tu derecho a recibir tratamiento médico planificado en otro país miembro de la UE, Islandia, Liechtenstein, Noruega, Suiza o el Reino Unido. Debes obtenerlo en tu organismo asegurador antes de salir del país y presentarlo ante el organismo correspondiente del país en el que vayas a recibir tratamiento. Como el tratamiento se presta en las mismas condiciones de asistencia y cobro aplicadas a los nacionales del país donde se recibe, es posible que tengas que pagar por adelantado parte del coste.
Si has sido trabajador (trans)fronterizo, el formulario S3 te permite recibir asistencia en el país donde trabajabas antes, ya sea para someterte a un nuevo tratamiento o para continuar un procedimiento médico iniciado antes de dejar de trabajar en ese país. Para más información, ponte en contacto con tu organismo de seguridad social.
El formulario U1 (anteriormente E301) certifica los períodos cotizados en otro país miembro de la UE, Islandia, Liechtenstein, Noruega, Suiza o el Reino Unido que se tendrán en cuenta para el cálculo de las prestaciones por desempleo. Puedes solicitarlo al servicio nacional de empleo del último país o países donde hayas trabajado y remitirlo al servicio nacional de empleo del país en el que quieras solicitar prestaciones. Para más información, ponte en contacto con tu organismo de seguridad social.
El formulario U2 (anteriormente E303) es la autorización que permite «exportar» tus prestaciones de desempleo. Debes solicitarlo al servicio nacional de empleo del país en el que te hayas quedado sin trabajo y remitirlo al servicio de empleo del país en el que vayas a buscar ocupación. Para más información, ponte en contacto con tu organismo de seguridad social.
El formulario U3 es una notificación enviada por el organismo del país en el que estás buscando trabajo al organismo del país que abona tu prestación por desempleo. Debido a que tu situación ha cambiado, tus prestaciones pueden reducirse o interrumpirse como consecuencia de este intercambio de información entre administraciones. Al recibir el formulario U3, es posible que tengas que ponerte en contacto con el organismo del país que abona tu prestación para comprobar si cambia algo en tu situación. Para más información, ponte en contacto con tu organismo de seguridad social.
¿Qué es un organismo de enlace?
Según las normas de coordinación de la seguridad social en la UE, cada país debe designar un organismo de enlace que dé respuesta a las solicitudes de información y asistencia procedentes de ciudadanos e instituciones. Consulta nuestro directorio para encontrar el organismo de enlace.
¿Cuánto tiempo tengo para recurrir las decisiones de los organismos de seguridad social?
Cada país tiene sus propios plazos y procedimientos para recurrir las decisiones administrativas. Por ello, es muy importante actuar con rapidez y respetar los plazos establecidos. Si necesitas orientación, dirígete a tu organismo nacional .
¿Qué pasa con los documentos expedidos antes del 1 de mayo de 2010?
Todos los documentos relativos a la coordinación de la seguridad social (formularios de la serie E, tarjetas sanitarias europeas y certificados provisionales sustitutorios) expedidos antes del 1 de mayo de 2010 según las antiguas normas seguirán siendo válidos hasta el momento de su expiración, o hasta su retirada o sustitución por la autoridad competente.