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Aspectos presupuestarios de la expiración del Tratado
El principio de la expiración del Tratado CECA al llegar
éste a su término (el 23 de julio de 2002) y el traslado de los
sectores del carbón y del acero al régimen de derecho
común del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea son
incuestionables.
En cuanto al destino y la gestión de los haberes CECA, los
Estados miembros acordaron que, al expirar el Tratado, el patrimonio - tanto el
activo como el pasivo - se devolviese a las restantes Comunidades representadas
por la Comisión y que los haberes CECA se designasen como "haberes CECA
en liquidación".
Los Estados miembros estipularon también que cualquier
modificación relativa al objetivo para el que se proporcionaron los
haberes daría lugar a una decisión unánime por su parte.
En cuanto a la organización y financiación de las actividades de
investigación, los Estados miembros han adoptado ciertas
directrices.
Información complementaria:
- Los gastos, los ingresos y la expiración del Tratado
- Decisión de los representantes de los Estados miembros,
reunidos en el Consejo, relativa a las consecuencias financieras de la
expiración del Tratado CECA y sobre el Fondo de investigación
sobre carbón y acero
[118KB]
[124KB]
- Documentos oficiales relativos al presupuesto de la CECA

- Inversiones en las industrias del carbón y del acero de la
Comunidad
[465KB]
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