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Actualizado : 12/2012
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Si eres ciudadano de la UE, puedes trabajar temporalmente en otro país de la UE.
No hay una normativa aplicable en toda la UE que resuelva las cuestiones fiscales de quienes viven y trabajan en varios países distintos durante un breve periodo de tiempo.
Sólo hay normativas nacionales y convenios de doble imposición entre países, que no contemplan todos los supuestos y varían bastante entre sí. No obstante, en la mayoría de los casos pueden aplicarse los siguientes principios básicos.
Los ingresos obtenidos como trabajador desplazado en otro país pueden tributar en ese país.
Más información de cada país sobre tipos impositivos, direcciones de las administraciones fiscales y definiciones de residente fiscal:
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Si todavía eres residente fiscal en tu país de origen (el país donde resides habitualmente), es posible que también tributes allí por los mismos ingresos.
Ahora bien, suele haber convenios para evitar la doble imposición:
Para hacerte una idea clara, consulta el convenio fiscal aplicable en tu caso.
Como trabajador desplazado, en general solo pagas impuestos en tu propio país si:
Resultado: en virtud del convenio de doble imposición entre el Reino Unido y Portugal, no tendrás que pagar impuestos en Inglaterra por esos ingresos. El único país que puede gravar tu salario es Portugal.
Si la ley británica obliga a tu empleador a deducir el impuesto británico sobre el sueldo que te paga en ese país, debe ser posible solicitar que te lo devuelvan.
Resultado: en virtud del convenio de doble imposición entre el Reino Unido y Portugal, no puedes pagar dos veces impuestos por esos ingresos.
Si ambos países deducen impuestos de tu salario durante el periodo de desplazamiento, debe ser posible solicitar que uno de los dos te los devuelva. Dependerá de dónde se te considere residente durante ese año.
En todo caso, tu empleador ha hecho bien en pagar cotizaciones de seguridad social en Portugal.
El año pasado Carla trabajó la mayor parte del tiempo en Portugal, pero también un mes en Francia, dos en Italia y otros dos en Islandia como trabajadora desplazada. ¿Tiene que hacer declaración en los cuatro países?
No. Carla estuvo en esos países como trabajadora desplazada por su empleador portugués y no permaneció en ninguno más de seis meses dentro de un mismo periodo de doce meses. Por lo tanto, a no ser que su empresa tenga oficinas en alguno de los otros países, Carla probablemente solo tenga que hacer la declaración en Portugal.
De todas formas, para salir de dudas no hay otra alternativa que consultar las normativas nacionales y los convenios de doble imposición.
Allí pueden establecerse una serie de trámites: por ejemplo, el empleador de Carla puede tener la obligación de deducir el impuesto del sueldo que le pagó durante los períodos de desplazamiento en todos o algunos de esos países. Y quizá pueda solicitar su devolución, o a lo mejor Portugal puede concederle un crédito fiscal por el impuesto pagado en los demás países.
Esta información solo es un resumen de las normas más habituales:
Por renta mundial se entienden tus ingresos en todos los países, y no solo durante tu desplazamiento al extranjero.
¿En qué país tributa tu renta mundial? Suele depender de dónde se te considere residente fiscal.
¿Cuánto tiempo puedes estar desplazado en el extranjero sin que se te considere residente fiscal y, por tanto, sujeto a impuestos sobre tu renta mundial?
Es posible que se te considere residente fiscal.
Pero, según la mayoría de los convenios fiscales, sigues siendo residente fiscal en tu país de origen siempre y cuando mantengas allí tu domicilio habitual y conserves lazos personales y económicos estrechos.
En ese caso, el país de destino no tendría derecho a gravar tu renta mundial.
En la mayoría de los casos sigues siendo residente fiscal en tu país de origen: el país de destino no tiene derecho a gravar tu renta mundial. Ahora bien, sí podría hacerlo sobre tus ingresos en su territorio.
Para más información sobre otros impuestos vigentes en el país donde vives ahora, consulta a su oficina tributaria.
Si se te considera residente fiscal en el país donde estás desplazado, a efectos de impuestos debes recibir el mismo trato que sus ciudadanos residentes.
Si no se te considera residente fiscal pero ganas la mayor parte de tus ingresos allí, debes tener derecho a las mismas deducciones que los residentes bajo una serie de condiciones.
Si consideras que se te está discriminando, puedes pedir consejos para tu situación.
Si la legislación de tu país de destino contempla deducciones fiscales para compensar las contribuciones a planes de jubilación o seguros privados de enfermedad o incapacidad, también debes tener acceso a esas deducciones por tus contribuciones en ese país.
Con algunas condiciones, el país de destino debe aceptar deducciones equivalentes por las contribuciones a planes de pensión que hayas pagado en tu país de origen.
¿No has encontrado la información que necesitas? ¿Tienes un problema?
o de Islandia, Liechtenstein o Noruega
En este caso, los 27 países miembros de la UE + Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza