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Actualizado : 12/2012
¿Eres funcionario en un país de la UE y estás destinado en otro (embajada, consulado o institución oficial en el extranjero)? ¿Eres funcionario en un país pero por motivos privados vives en otro, esto es, tienes allí tu domicilio permanente?
Como ciudadano de la UE, tienes derecho a vivir y trabajar en otro país de la UE sin necesidad de permiso de trabajo.
Excepción: los ciudadanos búlgaros y rumanos siguen sujetos a restricciones temporales para trabajar en la UE.
Restricciones temporales al trabajo en la UE para los ciudadanos búlgaros y rumanos
Si trabajas en otro país de la UE, tanto tú como tu familia tenéis el derecho automático a vivir allí aun en caso de no trabajar a tiempo completo o de tener un contrato de duración determinada.
Los trámites dependerán de cuánto dure vuestra estancia.
Derecho de residencia y trámites para trabajar en el extranjero
Como trabajador migrante, tienes, al igual que tu familia, los mismos derechos que los ciudadanos de vuestro nuevo país. Eso significa que tenéis derecho a las mismas prestaciones a partir de tu primer día de trabajo.
Por tanto, puedes recibir las prestaciones:
También podéis tener derecho a prestaciones no económicas (por ejemplo, un intérprete en caso de juicio).
Rosita es italiana, pero vive y trabaja de funcionaria en Francia. Tiene tres hijos. Al comprar un abono de tren pide descuento por familia numerosa, pero se lo deniegan por no ser franceses ni ella ni sus hijos.
Rosita no debe darse por vencida. Si hace falta, puede recurrir a los servicios de asesoramiento de la UE. Todos los trabajadores de la UE con familia numerosa —que en muchos países se consideran como tales a partir de tres hijos— tienen derecho a descuento en el país donde trabajan a partir del día en que empiezan a trabajar... siempre y cuando el mismo descuento exista para los ciudadanos de ese país.
Si vives en otro país y te quedas en paro, sigues teniendo derecho a permanecer allí y recibir las mismas prestaciones que sus ciudadanos siempre y cuando:
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En este caso, los 27 Estados miembros + Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza
o de Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza
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