Recorrido de navegación
Actualizado : 06/2012
Si viajas de un país de la UE a otro, puedes llevar tabaco, alcohol y bebidas alcohólicas para tu uso personal, pero no para revenderlos.
Según la legislación de la UE, no tienes que demostrar que estos productos sean para tu uso personal si están por debajo de los siguientes límites:
Algunos países permiten superar esos límites. Las autoridades nacionales podrán informarte de los máximos permitidos en cada caso.
Si superas los límites autorizados para el tabaco y el alcohol, puedes verte obligado a:
Si el tabaco o el alcohol que llevas están dentro de los límites establecidos para uso personal, no tendrás que pagar impuestos especiales en el país de la UE al que viajas.
Los viajeros menores de 17 años son una excepción a esta norma, ya que no les está permitido transportar cantidad alguna de tabaco o alcohol. Por cierto, no hay compras libres de impuestos (“duty-free”) entre países de la UE.
Si quieres viajar a otros países de la UE llevando dinero en efectivo por importe igual o superior a 10.000 euros o su equivalente en otras divisas, tendrás que hablar con las administraciones aduaneras de los países de salida, llegada y tránsito para saber si debes declararlo.
Al entrar o salir del territorio de la UE, debes declarar
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français ante las autoridades aduaneras todo importe en efectivo igual o superior a 10.000 euros (o su equivalente en otras divisas).
En este caso, los 27 Estados miembros de la UE + Islandia, Liechtenstein y Noruega
En este caso, los 27 Estados miembros de la UE + Islandia, Liechtenstein y Noruega