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NO. Pasados cinco años se obtiene el derecho automático de residencia permanente en el país de acogida. En vez de renovar el certificado de registro, debes solicitar un documento de residencia permanente que acredite tu derecho a permanecer en el territorio aunque estés desempleado o necesites una ayuda económica.
NO. Sin embargo, en algunos países te pueden poner una multa por no haber cumplido este trámite.
SÍ, puedes pedir a las autoridades nacionales un documento que confirme que lo eres.
NO. Si vas a pasar menos de tres meses solo te pueden pedir que notifiques tu presencia a las autoridades (por lo general, ese trámite lo hará el hotel en el que te alojes).
SÍ, puedes trabajar aunque todavía no tengas el certificado de registro.
SÍ. Las ausencias de menos de doce meses por motivos de salud graves no afectan al requisito de “continuidad de la residencia”.
SÍ. Para poder quedarte más de tres meses, deberás demostrar que tienes ingresos suficientes y estás cubierto por un seguro médico completo válido en ese país.
NO inmediatamente. Primero las autoridades italianas te expedirán un certificado de registro. Cuando hayas pasado cinco años seguidos en Italia, tendrás derecho a la residencia permanente. A partir de ese momento, no podrán exigirte que demuestres que dispones de medios suficientes para vivir en Italia.
NO, tienes que inscribirte en el registro lo antes posible. En Bélgica todos los ciudadanos de la UE tienen que hacerlo cuando llevan en el país más de tres meses. No te pueden expulsar si no te inscribes, pero te pueden poner una multa.
NO si vas a pasar menos de tres meses. Sin embargo, puede ser que el país al que viajes te exija que notifiques tu presencia.
NO, si en cada viaje te quedas menos de tres meses (aunque es posible que en algunos países tengas que notificar tu presencia).
NO. Como ya has residido legalmente en Alemania cinco años, la normativa de la UE te permite seguir viviendo en el país sin tener que cumplir ningún requisito más.
Como España reconoce los matrimonios entre personas del mismo sexo, tu marido no debería tener problemas de residencia.
Sin embargo, no todos los países de la UE actúan del mismo modo. En algunos países el derecho de residencia de la pareja registrada no es automático y las autoridades nacionales tienen que estudiar cada caso por separado.
SÍ. Lo mejor sería que tu primo solicitara la residencia como persona con recursos propios. Probablemente le pedirán que justifique que sus recursos son suficientes.
Tendrá que demostrar que lo estás manteniendo económicamente de forma estable y periódica y que dispone de un seguro médico en ese país. La expedición de su certificado de registro debería ser inmediata.
SÍ. A efectos de residencia las parejas registradas gozan de plenos derechos en los Países Bajos y se les exigen los mismos trámites que a los matrimonios.
Sin embargo, no todos los países de la UE actúan del mismo modo. En algunos países el derecho de residencia de la pareja registrada no es automático y las autoridades nacionales tienen que estudiar cada caso por separado.
NO, porque tu hermanastro no es un ascendiente o descendiente directo que dependa de ti. Pero, para poder denegarle la residencia, las autoridades húngaras tendrán que justificar su decisión y eso les obligará a investigar detenidamente vuestra relación de parentesco.
NO. Puede quedarse hasta tres meses sin inscribirse en ningún registro, aunque quizá tenga que notificar su presencia. Eso sí, debe llevar un pasaporte válido en todo momento. Cumplir este requisito le da derecho a permanecer en el país.
SÍ, tienes que votar como si fueras ciudadano de ese país.