Normativa social
Actualizado 06/2011
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La Unión Europea está comprometida con la creación no solo de más, sino también de mejores empleos, mediante la estrategia de Lisboa. Por ello, la legislación europea exige a las empresas que cumplan una serie de normas sociales en aras del desarrollo sostenible.
No discriminación
Para garantizar el derecho de los ciudadanos de la UE a trabajar en cualquier lugar de su territorio, los empresarios no pueden discriminar a los ciudadanos de otros países miembros a la hora de contratar o despedir personal ni en relación con cualesquiera condiciones laborales.
La legislación europea prohíbe a los empresarios discriminar por motivos de sexo, origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual. Además, los empresarios deben efectuar en los centros de trabajo adaptaciones razonables para atender a los trabajadores con discapacidades.
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No discriminación por razón de nacionalidad (artículo 45 del Tratado de Funcionamiento de la UE)






















[842 KB] -
No discriminación por razón de género, raza, etc. (artículo 19, Segunda Parte del Tratado de Funcionamiento de la UE






















[842 KB] - Medidas de la UE contra la discriminación
Igualdad de género
Los empresarios deben tratar de forma equitativa a hombres y mujeres, en particular en materia de acceso al empleo, condiciones laborales, permiso parental, promoción y remuneración.
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Igualdad de género (artículo 157 del Tratado de Funcionamiento de la UE)






















[842 KB] - Política de la UE sobre igualdad de género
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Medidas de la UE sobre igualdad de género
Salud y seguridad en el trabajo
Los empresarios tienen la responsabilidad de proporcionar a los trabajadores un entorno laboral sano y seguro. La UE establece requisitos mínimos sobre protección de la salud y la seguridad de los trabajadores, entre los que se incluyen principios generales sobre prevención de riesgos profesionales, eliminación de factores de riesgo y accidente e información y formación de los trabajadores y sus representantes.
Relaciones laborales
La UE apoya activamente el diálogo voluntario entre empresarios y trabajadores y entre las asociaciones que los representan. Los empresarios deben consultar a los representantes del personal en relación con determinados asuntos, por ejemplo, en caso de preverse despidos colectivos.
Si lo solicitan los trabajadores, las grandes empresas activas en más de un país miembro deben crear un comité de empresa europeo para informar y consultar a los empleados.
Para proteger los derechos de los empleados sin perjudicar a la competitividad de los empresarios, la UE impulsa el concepto de flexiguridad, que consiste en una combinación de mercados laborales flexibles con un alto grado de seguridad laboral.
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Flexiguridad
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Consulta pública sobre la modernización del Derecho laboral (Libro Verde)





















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Resultado de la consulta pública sobre la modernización del Derecho laboral





















Las empresas deben cumplir las normas mínimas establecidas en la legislación, pero son libres de ir más allá de estos requisitos legales mínimos para hacerse más responsables socialmente.
Programas
El programa Progress fomenta la creación de más y mejor empleo y la igualdad de oportunidades para todos. Se centra en la lucha contra la discriminación, la protección social y la inclusión social, el empleo, las condiciones de trabajo y la igualdad entre hombres y mujeres. Dentro del programa se invertirán 743,25 millones de euros en nuevos estudios, campañas de sensibilización y eventos entre 2007 y 2013.
El programa Progress trabaja junto con el Fondo Social Europeo (FSE), principal instrumento financiero de la UE, para aplicar sus políticas de asuntos sociales y empleo a partir de un presupuesto anual de unos 10.000 millones de euros.
Consulte la legislación sobre este tema en:
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