IP/08/537
Bruselas, 7 de abril de 2008
«La necesidad de que los servicios paneuropeos de telecomunicaciones, como la telefonía móvil en vuelo, dispongan de una regulación única para operar en Europa ha sido lo que ha movido a la Comisión a actuar. Para que este nuevo servicio pudiera desarrollarse, era preciso adoptar una decisión normativa para todo el espacio aéreo europeo», declaró Viviane Reding, Comisaria europea de Telecomunicaciones. «Ahora esperamos que los operadores sean transparentes e innovadores en sus ofertas de precios. Los servicios de telefonía móvil durante el vuelo pueden ser una novedad muy interesante, en particular para las personas en viaje de negocios que necesitan poder comunicarse en cualquier momento y lugar. No obstante, su éxito depende de que los consumidores no deban pagar una factura telefónica desorbitada. Por otro lado, invito a las compañías aéreas y a los operadores a crear a bordo de las aeronaves las condiciones adecuadas para garantizar que el uso de los servicios de comunicación durante el vuelo no suponga una molestia para los demás pasajeros».
Las medidas anunciadas hoy por la Comisión armonizarán los requisitos técnicos y de concesión de licencias para el uso de los móviles a bordo de las aeronaves. Los teléfonos de los pasajeros estarán conectados a una red celular a bordo que se comunicará con tierra vía satélite. Al mismo tiempo, el sistema evitará que los teléfonos se conecten directamente con las redes móviles terrenales. La potencia de transmisión se mantendrá así en un nivel suficientemente bajo para que los teléfonos puedan utilizarse sin que la seguridad de los equipos aeronáuticos o el funcionamiento normal de las redes móviles terrenales se vean afectados.
La armonización de los requisitos técnicos para la implantación, en condiciones de seguridad, de los servicios de comunicaciones móviles en vuelo permitirá el reconocimiento en toda la Unión Europea de las licencias nacionales concedidas a las diferentes compañías aéreas por el Estado miembro en que estén registradas. Por ejemplo, una aeronave matriculada en Francia o en España podrá ofrecer estos servicios a los pasajeros al sobrevolar Alemania o Hungría sin necesidad de procedimientos adicionales de autorización.
Al proponer normas para uno de los primeros servicios de telecomunicaciones verdaderamente paneuropeos, la Comisión Europea está respondiendo a la demanda de los pasajeros de utilizar sus móviles durante los vuelos, y también a la de la industria, interesada en satisfacer esta demanda. Tras una fase de prueba de estos servicios en algunos países (concretamente en Francia y en Australia), algunos operadores de telecomunicaciones y compañías aéreas prevén poner en marcha este servicio en el curso de 2008, con lo que la conectividad llegará a una de las pocas situaciones de la vida cotidiana en la que la comunicación ha sido hasta ahora muy limitada.
OFCOM, autoridad reguladora de las telecomunicaciones en el Reino Unido, anunció el 26 de marzo que autorizará a las compañías aéreas a ofrecer comunicaciones móviles a bordo de conformidad con el enfoque europeo común (http://www.ofcom.org.uk/consult/condocs/mca/statement/).
Antecedentes
Los servicios de comunicaciones móviles a bordo de aeronaves son servicios de telecomunicaciones paneuropeos. La Comisión ha adoptado hoy dos medidas:
Además de estas medidas, los aspectos de seguridad aérea se abordan en los procedimientos de certificación de aeronavegabilidad de los equipos para la utilización de los teléfonos móviles durante el vuelo, previstos por la Agencia Europea de Seguridad Aérea para toda la UE y por las autoridades de aviación civil, con el fin de garantizar el uso seguro de la tecnología en la cabina de las aeronaves. Por otro lado, las autoridades nacionales competentes en materia de Justicia e Interior están estudiando los problemas de protección que plantea el uso de los móviles durante el vuelo.
En las medidas adoptadas hoy por la Comisión Europea no se considera la vertiente comercial, como las tarifas por la utilización de los móviles durante el vuelo, habida cuenta de que se trata de servicios nuevos. El Reglamento comunitario sobre itinerancia (véase IP/07/870), que se someterá a revisión antes de finales de año, aborda la itinerancia únicamente en las redes terrenales. El coste de estas comunicaciones será por tanto competencia, en primer lugar, del proveedor del servicio. No obstante, la Comisión Europea seguirá de cerca el nivel y la transparencia de los precios cobrados a los consumidores.
En agosto de 2007, la Comisión ya propuso normas armonizadas para apoyar otra aplicación paneuropea, los servicios móviles por satélite (IP/07/1243), lo que demuestra que, a la vista de los progresos tecnológicos y económicos de Europa, la demanda de servicios paneuropeos está creciendo. Sin embargo, la normativa de telecomunicaciones de la UE, que se revisó por última vez en 2002, no se ha adaptado a esta evolución. Por este motivo, la Comisión presentó el 13 de noviembre de 2007 propuestas para reformar las normas comunitarias en este ámbito (IP/07/1677), con el fin de apoyar el desarrollo de un mercado único de las telecomunicaciones verdaderamente integrado. Estas propuestas se están debatiendo actualmente en el Parlamento Europeo y el Consejo. La reforma debe propiciar una coordinación más estrecha entre los Estados miembros de la Unión Europea y entre los reguladores nacionales a la hora de preparar las condiciones regulatorias necesarias para el lanzamiento de servicios transnacionales o paneuropeos en la Unión Europea.
Para más información:
Texto de las medidas de la Comisión adoptadas hoy:
http://ec.europa.eu/information_society/policy/radio_spectrum/ref_documents/index_en.htm
MEMO/08/220