IP/07/26
Bruselas, 10 de enero de 2007
Neelie Kroes, Comisaria responsable de Competencia, declaró que este informe no será una lectura grata para muchas empresas energéticas: prima la escasez de inversiones, especialmente en redes, y son los clientes quienes sufren las consecuencias. Añadió que, basándose en hechos probados del informe, la Comisión tomará nuevas medidas de conformidad con las normas de competencia y emprenderá acciones para mejorar el marco reglamentario a fin de asegurarse de que los consumidores se beneficien plenamente de la liberalización en términos de energía segura, a precios competitivos y sostenible.
Aplicación de las normas de competencia
La Comisión ejercerá plenamente sus competencias con arreglo a las normas antimonopolio (artículos 81, 82 y 86 del Tratado CE), las normas de control de las concentraciones (Reglamento 139/2004) y el control de las ayudas estatales (artículos 87 y 88 del Tratado CE).
La concentración del mercado representa un problema importante y el examen a fondo de las fusiones futuras es esencial para asegurarse de que la situación no empeore. Como en casos anteriores (por ejemplo, GdF/Suez – véase IP/06/1558, E.ON/MOL – véase IP/05/1658), la Comisión prestará una atención especial a:
Los artículos 81 y 82 permiten también la aplicación de medidas estructurales de gran envergadura como soluciones contra las infracciones.
En particular, cuando las subvenciones estatales contribuyen al mantenimiento de mercados concentrados e impiden el arraigo de la liberalización del mercado, es necesaria la aplicación rigurosa del control de las ayudas estatales.
La Comisión se mostrará vigilante respecto a la colusión entre operadores establecidos para repartirse los mercados, que representa una de las amenazas más graves para la competencia y que, por consiguiente, sigue siendo una prioridad de la aplicación de acciones antimonopolio. Ello refleja la prioridad general de la Comisión de luchar contra las tentativas por parte de las empresas de coordinar su comportamiento en el mercado en lugar de competir.
La integración vertical entre las actividades empresariales de suministro y producción y las infraestructuras al parecer agudiza los problemas de competencia al establecer un acceso desigual a información de mercado esencial y permitir a los operadores establecidos la adopción de estrategias.
La falta de acceso a infraestructuras tales como redes de
transmisión y distribución e instalaciones de almacenamiento puede
llevar a problemas de competencia, en particular en el acceso transfronterizo,
que impidan la integración del mercado. Las acciones en este ámbito
deben incluir un análisis de las reservas de capacidad a largo plazo y sus
consecuencias en la competencia en la fase de comercialización.
La
falta, o retraso, de inversión por parte de empresas de
transmisión con empresas de suministro integradas verticalmente, que impide
la integración del mercado, suscita seria preocupación. Por ejemplo,
la autoridad nacional de competencia italiana ha comprobado que un explotador de
red integrado verticalmente bloqueó deliberadamente un proyecto de
inversión, impidiendo el acceso de los competidores a una mayor capacidad,
con objeto de beneficiar a su filial de suministro.
Entorno normativo
Cuestiones fundamentales relativas a la estructura del mercado y al entorno normativo se deberán abordar también en paralelo con su aplicación en casos específicos. La investigación sectorial ha determinado la existencia de numerosas deficiencias generales en el marco reglamentario de los mercados de gas y electricidad, recogidas en el estudio de la Comisión sobre medidas reglamentarias del mercado interior de gas y electricidad (véase MEMO/07/9).
Antecedentes
La investigación sectorial se puso en marcha en junio de 2005 (véase IP/05/716 y MEMO/05/203). Los resultados iniciales se presentaron en forma de documento de exposición de problemas en noviembre de 2005 (véase IP/05/1421 y MEMO/05/425). Más tarde, en febrero de 2006, se elaboró un informe preliminar y se llevó a cabo una consulta pública (véase IP/06/174 y MEMO/06/78).
En sus observaciones, los interesados han acogido con satisfacción el informe, su objetividad y detalle. Las respuestas proceden de empresas energéticas, ya establecidas o nuevas, de organismos reguladores nacionales, autoridades de competencia, servicios de consultores, gabinetes jurídicos, distribuidores energéticos, operadores de la red, clientes, asociaciones industriales y organismos gubernamentales. Muchos han pedido que se refuercen las medidas reglamentarias. Solamente los operadores establecidos, integrados verticalmente, se muestran contrarios a otras medidas suplementarias, en particular de separación de la propiedad. Encontrarán mayor información sobre la investigación sectorial en la siguiente dirección:
http://ec.europa.eu/competition/antitrust/others/sector_inquiries/energy/
Véase también MEMO/07/15.