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Letonia

1) REFERENCIAS

Dictamen de la Comisión COM(1997)2005 final [No publicado en el Diario Oficial]

Informe de la Comisión COM (1998) 704 final [No publicado en el Diario Oficial]

Informe de la Comisión COM (1999) 506 final [No publicado en el Diario Oficial]

Informe de la Comisión COM (2000) 706 final [No publicado en el Diario Oficial]

Informe de la Comisión SEC(2001) 1749 [No publicado en el Diario Oficial]

Informe de la Comisión COM(2002) 700 final - SEC(2002) 1405 [No publicado en el Diario Oficial]

Informe de la Comisión COM(2003) 675 final - SEC(2003) 1203 [No publicado en el Diario Oficial]

Tratado de adhesión a la Unión Europea [Diario Oficial L 236 de 23.9.2003]

2) SÍNTESIS

En el dictamen de julio de 1997 la Comisión Europea no preveía grandes problemas en el ámbito de la investigación y el desarrollo tecnológico. Por el contrario, por lo que se refiere a las telecomunicaciones, la Comisión consideraba que Letonia tendría dificultades para alcanzar el nivel del acervo comunitario a medio plazo, ya que la reforma legislativa progresaba lentamente y seguían existiendo diversos obstáculos a la liberalización efectiva del mercado. Por último, en el ámbito de la sociedad de la información, tomaba nota del compromiso del Gobierno letón de tenerlo en cuenta en sus propios servicios.

El informe de noviembre de 1998 constataba que Letonia había proseguido los esfuerzos emprendidos en los ámbitos de la investigación y el desarrollo tecnológico así como de la sociedad de la información. El programa nacional de adopción del acervo reservaba un lugar a la investigación y al desarrollo tecnológico. Por el contrario, era preciso realizar esfuerzos suplementarios para armonizar la legislación letona con el acervo comunitario en el campo de las telecomunicaciones.

El informe de octubre de 2002 destacaba los progresos realizados por Letonia en relación con la investigación y el desarrollo tecnológico, en particular con la adopción de orientaciones prioritarias en este campo con vistas a la financiación de la investigación básica y aplicada para el período 2002-2005. En el informe se indicaba, asimismo, que Letonia había avanzado adecuadamente respecto a la adaptación de su legislación al acervo sobre telecomunicaciones así como en relación con el aumento de su capacidad administrativa.

El informe de 2003 indica que Letonia cumple en parte los compromisos y exigencias derivados de las negociaciones de adhesión en el campo de las telecomunicaciones y los servicios postales. Debe esforzarse aún más para incorporar y aplicar el acervo en el sector de las telecomunicaciones, en particular estableciendo unas condiciones razonables para la interconexión e instaurando el acceso desagregado al bucle local.

El Tratado de adhesión se firmó el 16 de abril de 2003, y la adhesión se produjo el 1 de mayo de 2004

ACERVO COMUNITARIO

Las actividades de investigación y desarrollo tecnológico (IDT) a nivel comunitario, tal como se establecen en el artículo 164 del Tratado (antiguo artículo 130G) y en el Programa Marco (artículo 166, antiguo artículo 130I), tienen por objeto mejorar la competitividad de la industria europea y la calidad de vida, así como apoyar el desarrollo sostenible y contribuir a la elaboración de las otras políticas comunitarias.

El Acuerdo Europeo entre la Unión Europea y Letonia prevé la cooperación en estos ámbitos, principalmente mediante la participación del Estado asociado en el Programa Marco. El Libro Blanco sobre los países de Europa Central y Oriental y el mercado interior (1995) no incluye medidas directas a este respecto.

La política de telecomunicaciones de la Comunidad tiene como objetivo eliminar los obstáculos al buen funcionamiento del mercado único de los equipamientos, servicios y redes de telecomunicaciones, abrir los mercados extranjeros a las empresas comunitarias y poner servicios modernos a disposición de los ciudadanos y empresas de la Unión. Estos objetivos deben ser logrados por la armonización de las normas y condiciones de prestación de servicios, la liberalización de los mercados de terminales, servicios y redes y la aprobación de las medidas reglamentarias requeridas.

El Acuerdo Europeo estipula que la mejora de las normas y prácticas seguidas en el ámbito de las telecomunicaciones y servicios postales, normalización y modernización de las infraestructuras hasta el nivel comunitario debe hacerse por medio de la cooperación. El Libro Blanco hace hincapié en la aproximación de las normativas, redes y servicios así como en las medidas que deben adoptarse para liberalizar progresivamente el sector.

EVALUACIÓN

Investigación y desarrollo tecnológico

En el ámbito de la investigación y el desarrollo tecnológico Letonia participa desde octubre de 1999 en el Quinto Programa Marco (1998-2002), así como del programa marco Euratom relativo a las actividades de investigación y enseñanza (1). El papel de la investigación y el desarrollo tecnológico en el refuerzo de la competitividad industrial figura expresamente en el programa nacional de adopción del acervo comunitario. En noviembre de 2001, Letonia adoptó orientaciones prioritarias en el ámbito de la ciencia con vistas a la financiación de la investigación básica y aplicada para el período 2002-2005. Esas orientaciones se refieren a las tecnologías de la información, la síntesis orgánica y la biomedicina, la ciencia de los materiales, la silvicultura y las tecnologías de la madera. En porcentaje de PIB, los gastos dedicados a la investigación y el desarrollo siguen siendo muy bajos y deben aumentar considerablemente para aproximarse a la media de la Unión Europea. Letonia ha comunicado su interés por asociarse al Sexto Programa Marco (2002-2006).

Telecomunicaciones

En el ámbito de las telecomunicaciones, la nueva ley adoptada en noviembre de 2001 ofrece el marco jurídico para la liberación completa del mercado de las telecomunicaciones que debe llevarse a cabo a partir de enero de 2003. La ley tiene por objeto adaptar la legislación letona a los requisitos básicos del acervo. En concreto, fija para enero de 2003 la fecha de expiración de los derechos exclusivos concedidos al operador nacional Lattelekom, el proveedor monopolista, en materia de prestación de servicios de telecomunicaciones por red fija.

La tasa de penetración de los servicios de telefonía móvil se sitúa en el 30%. Existen dos operadores GSM pero las licencias UMTS no se han concedido aún. La penetración de la red fija llegó al 32 % y se ha estabilizado a ese nivel. Letonia debe seguir modernizando la red y reajustando los precios.

Se creó un comité técnico de normalización de las telecomunicaciones con el fin de aplicar las normas de telecomunicaciones europeas y facilitar así una interacción fiable entre las redes. En agosto de 1998 se modificaron los procedimientos de certificación de equipamientos de telecomunicaciones y radiocomunicaciones con el fin de ajustarse a las exigencias de las directivas europeas y favorecer el desarrollo del mercado. La Dirección de comunicaciones del Ministerio de Transporte es, desde noviembre de 1998, miembro del ETSI.

Por lo que se refiere al marco reglamentario, Letonia ha incorporado lo esencial de las normas fundamentales del acervo vigente sobre telecomunicaciones. La nueva ley de 2001 en ese ámbito incorpora gran número de disposiciones del acervo, en particular en materia de concesión de licencias, tarificación, prestación de servicio universal, interconexión, protección de datos, gestión del plan de numeración nacional, espectro de frecuencias y portabilidad del número. Por otra parte, será necesario garantizar que las competencias de los organismos de tutela estén bien separadas de las de los operadores de telecomunicaciones, y esto de conformidad con la normativa europea. Deben realizarse inversiones importantes con el fin de adecuar el nivel de las infraestructuras e instalaciones de telecomunicaciones al de las normas de la Unión Europea. Letonia debe cumplir la obligación de desagregar el acceso al bucle local. Además, tiene que seguir modernizando la red fija y reajustando los precios.

Servicios postales

En el ámbito de los servicios postales, Letonia debe seguir adaptando su legislación al acervo en relación con el régimen de licencias, los prestatarios de servicio universal, el sector reservado, los requisitos sobre tarificación, la transparencia y la separación de cuentas para los prestatarios de servicios postales. En septiembre de 2002, Letonia publicó normas sobre el servicio postal universal.

Sociedad de la información

Por lo que se refiere a la sociedad de la información, Letonia se comprometió a modernizar el contexto jurídico en el cual se inscriben las tecnologías de comunicación e información. Se pusieron en marcha también dos programas, uno acerca de la aplicación de las tecnologías de la información a la educación y otro relativo a la informatización del sistema educativo. Ha empezado a aplicarse el programa nacional de informática (plan de acción 1999-2005). Se adoptó una ley que prevé que de aquí al 2003 se dotarán todos los establecimientos educativos, generales o profesionales, con un local informático y que se conectará a una red común y dispondrán de acceso a Internet. El programa letón para el plan de acción eEurope+ (2) ha sido actualizado para incluir el concepto de e-Latvia destinado a incorporar a todos los segmentos de la población en el desarrollo de la sociedad de la información.

(1) Decisión del Consejo de asociación Unión Europea-Letonia, de 23 de julio de 1999, por la que se adoptan las modalidades y las condiciones de participación de Letonia en los programas comunitarios de investigación, de desarrollo tecnológico y de demostración (1998-2002) y en los programas de investigación y enseñanza (1998-2002).

Diario Oficial L 265 de 13.10.1999

(2) El plan de acción eEurope+ tiene por objeto contribuir a la aceleración del proceso de reforma de las economías de los países candidatos mediante el recurso a las tecnologías e instrumentos de la sociedad de la información.

Última modificación: 26.01.2004

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