Red Judicial Europea
La presente Decisión establece las disposiciones operativas de la Red Judicial Europea. Define las funciones de la red, prevé la puesta en marcha de una serie de instrumentos de telecomunicación y aclara la relación entre la red y Eurojust.
SÍNTESIS
La presente Decisión establece las disposiciones para la continuación de la Red Judicial Europea y deroga la Acción Común 98/428/JAI por la que se creó la Red.
La Red está compuesta por las autoridades centrales y otras autoridades competentes de los Estados miembros responsables de la cooperación judicial internacional. Cada Estado miembro designa uno o más puntos de contacto judiciales, entre los cuales uno es designado corresponsal nacional para la Red. Asimismo, cada Estado miembro designa un corresponsal de instrumentos. Los magistrados de enlace nacionales, que tienen funciones análogas a aquellas confiadas a los puntos de contacto, también están asociados a la Red. La Comisión designa también un punto de contacto para los ámbitos que sean de su competencia.
Funciones
La función principal de la red es facilitar la cooperación judicial en materia penal entre los Estados miembros mediante: la mejora de la comunicación entre los puntos de contacto, la organización de reuniones periódicas entre los Estados miembros y el suministro de la información básica necesaria.
Los puntos de contacto son intermediarios activos destinados a facilitar la cooperación judicial entre los Estados miembros en la actuación contra todas las formas de delincuencia grave. Su misión es establecer un contacto directo entre las autoridades judiciales locales y otras autoridades competentes así como con otros puntos de contacto en la Unión Europea (UE). Para ello, los puntos de contacto deben proporcionar la información jurídica y práctica necesaria a las autoridades competentes y a los otros puntos de contacto. Además, los puntos de contacto participan y promueven la organización de sesiones de formación, en cooperación con la Red europea de formación judicial cuando es necesario.
El corresponsal nacional tiene, además de sus tareas como punto de contacto, otras responsabilidades, en concreto, se encarga del funcionamiento interno de la Red, actúa como responsable para los contactos con la secretaría de la Red y da su opinión sobre la designación de nuevos puntos de contacto. Por su parte, el corresponsal de instrumentos también tiene la obligación de asegurar que la información relativa a su Estado miembro esté actualizada y disponible para su divulgación en la Red.
Reuniones de la Red
Las reuniones plenarias de la Red se organizan de forma periódica y por lo menos tres veces al año. A las reuniones se invita como mínimo a tres puntos de contacto por Estado miembro, con el fin de que intercambien su experiencia en cuanto al funcionamiento de la Red y puedan debatir sobre los problemas prácticos y jurídicos en lo referente a la puesta en práctica de los instrumentos de la UE sobre cooperación judicial. Las conclusiones de estas reuniones sirven como base de debate para posibles modificaciones normativas y mejoras en la Unión Europea. Los corresponsales nacionales se reúnen sobre una base ad hoc por lo menos una vez al año y lo mismo hacen los corresponsales de instrumentos.
Divulgación de la información
La secretaría de la Red debe poner a disposición de los puntos de contacto y las autoridades judiciales competentes la siguiente información:
- los datos completos de los puntos de contacto nacionales;
- un instrumento de tecnología de la información que permita identificar a la autoridad competente para solicitar cooperación judicial;
- información sobre los sistemas judiciales y procesales;
- los textos de los instrumentos jurídicos pertinentes, el texto de las declaraciones y reservas.
La secretaría debe garantizar que esta información esté disponible en un sitio web. Además, debe establecer una conexión de telecomunicaciones segura que permita el flujo de datos y de las solicitudes de cooperación judicial.
La Red y Eurojust mantienen entre sí relaciones privilegiadas basadas en la consulta. Las actividades de la secretaría de la Red están cubiertas por el presupuesto de Eurojust.
Antecedentes
La aplicación de los principios de asistencia judicial mutua y de reconocimiento mutuo de las decisiones judiciales en materia penal así como las ampliaciones de la Unión acontecidas en los años 2004 y 2007 han tenido un gran impacto en la naturaleza de la cooperación judicial en la UE. Por ello, la importancia de la Red Judicial Europea se ha incrementado y es imperante reforzarla.
REFERENCIAS
| Acto | Entrada en vigor | Plazo de transposición en los Estados miembros | Diario Oficial |
|---|---|---|---|
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Decisión 2008/976/JAI |
24.12.2008 |
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DO L 348 de 24.12.08 |
ACTOS CONEXOS
Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre la creación de una red de cooperación legislativa entre los Ministerios de Justicia de los Estados miembros de la Unión Europea [Diario Oficial C 326 de 20.12.2008].
Véase también
Si desea más información, visite la página web de la Red Judicial Europea (EN).



