EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Comité Bancario Europeo

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Decisión 2004/10/CE por la que se crea el Comité Bancario Europeo

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DECISIÓN?

Crea el Comité Bancario Europeo (CBE), un comité de supervisión y reglamentación que apoya y asesora a la Comisión Europea en cuestiones de política relativas a actividades bancarias en la Unión Europea (UE). El CBE está adscrito directamente a la Comisión a la que ayuda a adoptar medidas de ejecución de las directivas y los reglamentos de la UE.

PUNTOS CLAVE

Función

  • El CBE tiene un papel central en la preparación y aplicación de las legislaciones bancarias europeas.
  • Asesora a la Comisión sobre cuestiones políticas relacionadas con las actividades bancarias y emite dictámenes sobre las propuestas que presenta.

Composición

  • El CBE está compuesto por representantes de alto nivel de los países de la UE, fundamentalmente procedentes de los ministerios de Finanzas.
  • El Banco Central Europeo, la Autoridad Bancaria Europea y los representantes del Espacio Económico Europeo (EEE) y los países del Acuerdo Europeo de Libre Comercio pueden participar en calidad de observadores.
  • La Comisión puede invitar, asimismo, a asistir a las reuniones a otros expertos y observadores (tales como representantes de países candidatos).

Normas de procedimiento

En 2014, el CBE modificó sus normas de procedimiento. Estas normas regulan aspectos como:

  • la convocatoria de reuniones del Comité,
  • el establecimiento de los órdenes del día y la documentación que debe enviarse a los miembros,
  • mantener informados al Parlamento Europeo y a los representantes permanentes de los países de la UE (sus embajadas ante la UE),
  • los procedimientos de votación de las opiniones del BCE,
  • la composición de las delegaciones del BCE y el quórum necesario para sus deliberaciones,
  • la creación de grupos de trabajo sobre asuntos concretos,
  • la admisión de terceros, es decir, observadores y expertos.

El CBE sustituye al antiguo Comité consultivo bancario.

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DECISIÓN?

Está en vigor desde el 13 de abril de 2005 (fecha de entra en vigor de la Directiva 2005/1/CE la cual, entre otras cosas, sustituyó al Comité consultivo bancario por el CBE).

ANTECEDENTES

Para más información sobre el trabajo del BCE, véase:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Decisión 2004/10/CE de la Comisión, de 5 de noviembre de 2003, por la que se crea el Comité Bancario Europeo (DO L 3 de 7.1.2004, pp. 36-37)

DOCUMENTOS CONEXOS

Directiva 2005/1/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo 2005,por la que se modifican las Directivas 73/239/CEE, 85/611/CEE, 91/675/CEE, 92/49/CEE y 93/6/CEE del Consejo y las Directivas 94/19/CE, 98/78/CE, 2000/12/CE, 2001/34/CE, 2002/83/CE y 2002/87/CE a fin de establecer una nueva estructura organizativa de los comités de servicios financieros (DO L 79 de 24.3.2005, pp. 9-17)

última actualización 04.10.2016

Top