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Potencia de los motores de los vehículos a motor y remolques (hasta 2013)
La presente Directiva pretende armonizar las prescripciones técnicas relativas a la potencia de los motores con el fin de hacer posible la aplicación del procedimiento de homologación CE.
ACTO
Directiva 80/1269/CEE del Consejo, de 16 de diciembre de 1980, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre la potencia de los motores de los vehículos a motor [Véanse los acto(s) modificativo(s)].
SÍNTESIS
La presente Directiva pretende armonizar las legislaciones nacionales en lo referente al método de medición de la potencia de los motores que debe utilizarse para indicar la potencia del motor de un tipo de vehículo.
Los Estados miembros no pueden denegar la homologación CE o la homologación de alcance nacional de un vehículo, ni denegar o prohibir la venta, la matriculación, la puesta en circulación o el uso de un vehículo por motivos que se refieran a la potencia del motor si ésta se ha determinado de conformidad con lo dispuesto en los anexos de la directiva.
La solicitud de homologación de un tipo de vehículo, en lo que se refiere a la potencia del motor, será presentada por el fabricante del vehículo o por su representante e irá acompañada de los documentos mencionados en el anexo.
El método establecido en el anexo se aplica a los motores de combustión interna utilizados para la propulsión de vehículos de las categorías M y N definidas en los anexos de la Directiva 70/156/CEE que pertenezcan a uno de los tipos siguientes: motores de combustión interna de pistones (de explosión o Diesel), excepto los motores de pistones libres; motores de pistones rotativos.
La presente Directiva queda derogada por el Reglamento (CE) n° 595/2009 a partir del 31 de diciembre de 2013.
Referencias
Acto |
Entrada en vigor |
Plazo de transposición en los Estados miembros |
Diario Oficial |
Directiva 80/1269/CE |
31.12.1980 |
30.6.1982 |
DO L 375 de 31.12.1980 |
Acto(s) modificativo(s) |
Entrada en vigor |
Plazo de transposición en los Estados miembros |
Diario Oficial |
Directiva 97/21/CE |
5.6.1997 |
30.9.1997 |
DO L 125 de 16.5.1997 |
Las modificaciones y correcciones sucesivas de la Directiva 80/1269/CE se han integrado en el texto de base. La versión consolidada tiene un valor meramente documental.
Última modificación: 02.11.2011