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Seguridad vial: aplicación transfronteriza de la normativa

La Unión Europea ha puesto en marcha una política destinada mejorar la seguridad vial y reducir el número de muertos y heridos en accidentes de tráfico. La aplicación de sanciones constituye un instrumento importante para lograr este objetivo; sin embargo, las sanciones no suelen aplicarse cuando la infracción se comete con un vehículo matriculado en un Estado miembro distinto del Estado miembro en el que se comete la infracción. Un sistema de intercambio de datos facilitará la sanción transfronteriza de las infracciones de tráfico más peligrosas.

ACTO

Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo de 19 de marzo de 2008 para facilitar la aplicación transfronteriza de la normativa sobre seguridad vial [COM(2008) 151 final – No publicada en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

Las infracciones de tráfico cometidas en un Estado miembro con un vehículo matriculado en otro Estado miembro a menudo no dan lugar a sanción. Varios Estados miembros han firmado acuerdos bilaterales con el fin de terminar con esta impunidad, pero su aplicación se ha revelado difícil. Se tiende a no aplicar sanciones a los infractores no residentes, lo cual disminuye la eficacia de la política de seguridad vial de los Estados miembros y discrimina a los conductores residentes.

El objetivo de la presente propuesta de directiva consiste en facilitar la aplicación de las sanciones a conductores que cometen una infracción en un Estado miembro distinto del Estado en el que está matriculado el vehículo.

La propuesta prevé la creación de un sistema electrónico de intercambio de datos extensivo a todo el territorio de la Unión Europea, de modo que las autoridades del Estado miembro en el que se comete una infracción puedan identificar al infractor y notificarle la correspondiente sanción.

Ámbito de aplicación

Las infracciones objeto de la Directiva son:

  • las que provocan el mayor número de accidentes y muertes en carretera (exceso de velocidad *, no hacer uso del cinturón de seguridad *, no respetar semáforos en rojo * y conducción en estado de embriaguez *);
  • aquellas en las que la sanción consiste o incluye una multa de carácter económico.

Sistema de intercambio de datos

Cuando una infracción se ha cometido en un Estado miembro con un vehículo matriculado en otro Estado miembro sin que el infractor haya podido ser sancionado por las autoridades del Estado encargadas de perseguir la infracción, la autoridad competente de dicho Estado enviará el número de matrícula y la información sobre la fecha y lugar de la infracción a la autoridad competente del Estado de residencia del infractor.

La autoridad competente del Estado de residencia * remitirá a la autoridad competente del Estado de la infracción * la información relativa al vehículo y al titular del permiso de circulación de éste.

Notificación de infracción

Una vez recibida la información, la autoridad competente del Estado de infracción enviará una notificación de infracción al titular del permiso de circulación. Esta notificación incluirá los detalles de la infracción, el importe de la multa que deberá pagar y las posibilidades de impugnación y recurso. La notificación de infracción estará redactada en la lengua o lenguas oficiales del Estado de residencia.

Autoridades centrales

Cada Estado miembro deberá designar una autoridad central encargada de asistirlo en la aplicación de la presente Directiva. Toda persona cuyos datos personales se transmitan mediante este sistema podrá interponer una demanda con el fin de acceder, rectificar o suprimir los datos erróneos o introducidos ilegalmente por la autoridad central del Estado de residencia.

Contexto

El Programa de acción europeo de seguridad vial lanzado en 2003 tiene el objetivo de reducir a la mitad el número de víctimas mortales de accidentes de tráfico para 2010. En 2001, 54 000 personas perdieron la vida en las carreteras de los 27 Estados miembros. En el periodo 2001-2007 el número de víctimas disminuyó un 20%. Sin embargo, aunque el número de muertes en las carreteras se redujo en un 6% en 2004 y en un 5% en 2006, las cifras no descendieron en el año 2007, en el que se produjeron 43 000 muertes. La presente propuesta de Directiva tiene el objetivo de mejorar el comportamiento de los conductores mediante una aplicación más estricta de la legislación vigente.

Términos clave del acto

  • Estado de infracción:
  • Estado de residencia:
  • Exceso de velocidad:
  • Conducción en estado de embriaguez:
  • No hacer uso del cinturón de seguridad: Directiva
  • No respetar un semáforo en rojo:

Referencias

Propuesta

Diario Oficial

Procedimiento

COM(2008) 151

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COD/2008/0062

Última modificación: 04.08.2008

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