EURES: la red europea para el empleo y la movilidad de los trabajadores
EURES contribuye a la creación de un mercado de trabajo europeo accesible a todos mediante el intercambio transnacional, interregional y transfronterizo de ofertas y demandas de empleo, así como el intercambio de información sobre las condiciones de vida y la obtención de cualificaciones.
ACTO
Decisión 2003/8/CE de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002, por la que se aplica el Reglamento (CEE) nº 1612/68 del Consejo por lo que se refiere a la puesta en relación y la compensación de las ofertas y demandas de empleo.
SÍNTESIS
La Comisión pretende reforzar y consolidar EURES como instrumento fundamental mediante la conexión en red de los servicios de empleo en Suiza y el Espacio Económico Europeo.
Los miembros y socios de EURES son:
- Los servicios nacionales y locales de empleo;
- Los servicios de empleo competentes para las regiones transfronterizas;
- Los otros servicios de empleo especializados puestos en conocimiento de la Comisión;
- Las organizaciones sindicales y patronales designadas por los miembros.
Las actividades de los miembros y los socios incluyen:
- La creación de servicios de colocación para solicitantes de empleo, incluidos los servicios personalizados, así como de servicios de puesta en contacto de trabajadores y empleadores, y servicios de asistencia a los empleadores que deseen contratar personal en otro país europeo;
- La divulgación de informaciones actualizadas sobre las condiciones de vida y de trabajo así como sobre las tendencias del mercado de trabajo;
- El desarrollo de la cooperación entre los servicios de empleo y los servicios sociales, los interlocutores sociales y otras instituciones interesadas a nivel de los Estados miembros, las regiones fronterizas y los diferentes sectores del mercado laboral;
- La vigilancia y la evaluación de los obstáculos a la movilidad, incluidas las diferencias de legislación y de procedimientos administrativos, los excedentes y las carencias de mano de obra cualificada y los flujos migratorios.
Los miembros y los socios se comprometen a integrar sus bases de datos de ofertas de empleo en la de EURES, así como a:
- Transmitir a los demás miembros y socios de la red informaciones completas y actualizadas sobre las ofertas y las demandas de empleo, el mercado de trabajo, las condiciones de vida y de trabajo, los obstáculos a la movilidad, y cualquier otro tipo de información que sea necesaria para la creación de una red europea. Por otra parte, se comprometen a proteger los datos personales y a proporcionar las infraestructuras y los servicios necesarios, tales como terminales informáticos;
- Nombrar y formar gestores y consejeros EURES, así como otros posibles prestatarios. Los gestores son responsables de la dimensión europea de la organización, incluidas la coordinación y la puesta en práctica de las actividades EURES, de la realización de los objetivos, de la difusión de información y de la representación del miembro en el grupo de trabajo EURES. Los consejeros, tras recibir una formación inicial, proporcionan orientación profesional en materia de colocación e integran los servicios EURES en sus organizaciones;
- Evaluar todas las actividades de EURES en términos de cantidad, calidad e impacto, e informar de ello a la Oficina de Coordinación de EURES.
Los miembros y los socios desarrollan conjuntamente las asociaciones de las regiones transfronterizas. Estas asociaciones, que realizan las mismas actividades y tienen los mismos objetivos, están regidas por un convenio marco de un mínimo de tres años de duración que compromete a los firmantes a prestar servicios EURES a los demás miembros. El comité director, que reúne a los representantes de los miembros de la asociación, es responsable de la toma de decisiones.
La coordinación administrativa corre a cargo de la Oficina Europea de Coordinación (también denominada «Oficina de Coordinación de EURES»), gestionada por la Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades de la Comisión Europea. Dicha Oficina se encarga del análisis de la movilidad en Europa, la formulación de un enfoque general y la vigilancia y evaluación de las actividades de EURES.
Por lo que se refiere a la planificación estratégica, la Comisión consulta al grupo de estrategia de alto nivel, compuesto por los directores de los miembros de la red EURES y presidido por un representante de la Comisión.
REFERENCIAS
| Acto | Entrada en vigor | Plazo de transposición en los Estados miembros | Diario Oficial |
|---|---|---|---|
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Decisión 2003/8/CE |
10.1.2003 |
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DO L 5, 10.1.2003 |



