EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Marco jurídico para la televisión móvil

La presente Comunicación contiene ejemplos de mejores prácticas reglamentarias de Estados miembros para las redes y los servicios de televisión móvil. Incluye los modelos de autorización para tales redes y servicios, así como cuestiones concretas relacionadas con los distintos niveles del régimen regulador.

ACTO

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, de 10 de diciembre de 2008 – Marco jurídico para las redes y los servicios de televisión móvil. Mejores prácticas en materia de autorización: el modelo de la UE [COM(2008) 845 final – no publicada en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

La presente Comunicación guarda relación con la Comunicación de 2007 sobre reforzar el mercado interior de la televisión móvil, que destacaba la importancia del marco regulador para la asimilación de estos servicios. Presenta algunos ejemplos de mejores prácticas extraídos de los enfoques reguladores nacionales con respecto a las redes y los servicios de televisión móvil.

Desde la puesta en marcha de su iniciativa sobre la televisión móvil, la Comisión ha publicado información general sobre la situación actual de la reglamentación en Europa con actualizaciones regulares. Este ejercicio de recopilación de datos puso de manifiesto que los Estados miembros habían adoptado enfoques muy distintos en la televisión móvil. Por consiguiente, el Consejo de Telecomunicaciones de noviembre de 2007 pidió a la Comisión que asumiera un papel más activo e identificara mejores prácticas con respecto a los regímenes de autorización para la televisión móvil y proporcionara directrices para la adopción nacional de las mismas.

Cuando la Comisión puso en marcha su iniciativa sobre la televisión móvil en julio de 2007, sólo algunos Estados miembros habían empezado a abordar los problemas de su regulación. Hasta la fecha, algunos Estados miembros aún no han establecido un marco regulador de las redes y los servicios de la televisión móvil, mientras que otros pretenden ampliar la aplicación del régimen general de radiodifusión a la radiodifusión de televisión móvil. En cualquier caso, la Comisión hace hincapié en la importancia de evitar situaciones de incertidumbre sobre la reglamentación. Asimismo, dados el carácter inalámbrico de la televisión móvil y, por tanto, la posible dimensión transfronteriza que pueda adquirir en el futuro, los regímenes de autorización también deben tener en cuenta la dimensión del mercado interior. Es esencial que los enfoques reguladores nacionales sean lo más homogéneos posible, sin olvidarse de las especificidades locales.

En la actualidad, el mercado de la televisión móvil en Europa se caracteriza por tres modelos reguladores principales que definen los derechos y las obligaciones del operador autorizado:

  • la extensión de las normas sobre televisión digital terrenal (TDT); sin embargo, en última instancia esto puede resultar insuficiente;
  • el «modelo mayorista simple», en el que se atribuye el espectro a un único operador, puede suscitar dudas en relación con la Directiva sobre competencia, en particular si la asignación de espectro se realiza sin un procedimiento abierto y equitativo sujeto a normas no discriminatorias;
  • el «enfoque integrado», que según la Comisión es el que mejor se ajusta al lanzamiento del servicio de la televisión móvil, ya que en él participarán todos los agentes relevantes del mercado.

El régimen regulador de los servicios de televisión móvil debe diseñarse sin obstáculos ni demoras indebidas. El papel de la reglamentación debe consistir en establecer unas normas mínimas que garanticen el uso eficiente de las frecuencias. Los elementos principales del régimen regulador que se deben tener en cuenta son:

  • Marco general, que debe ser claro, transparente y adaptable a la situación cambiante. Los procedimientos de autorización deben ser eficientes y estar abiertos a todos los agentes del mercado para garantizar igualdad de condiciones. La rapidez del proceso legislativo también es importante. Con el fin de adaptar la reglamentación a las necesidades del mercado, los Estados miembros deben poner en marcha mecanismos de consulta pública. Al mismo tiempo, la presentación por las autoridades públicas de informes periódicos sobre la evolución del mercado se considera una práctica idónea, de modo que puedan presentarse nuevas propuestas, más adecuadas, si es preciso adaptar las normas existentes.
  • Regímenes de autorización, que deben ser claros y transparentes. Para ello, debe definirse claramente la relación entre las normas sobre comunicaciones electrónicas, espectro y contenidos. Además, la concesión de autorizaciones debe estar centralizada a través de una “ventanilla única” para obtener un procedimiento simplificado y coordinado.
  • Procedimientos de adjudicación, que deben ser públicos, transparentes y estar bien definidos, y en relación a los cuales debe anunciarse un calendario claro en cuanto se inicien los ensayos comerciales de los servicios de televisión móvil. Los criterios de adjudicación deben insistir en la calidad del servicio, un uso óptimo del espectro y la colaboración entre los agentes del mercado. Deben aplicarse unos criterios de adjudicación objetivos, transparentes y no discriminatorios, en consonancia con la normativa sobre competencia.
  • Aspectos específicos, que no deben imponer a los operadores ninguna carga innecesaria. Por ejemplo, las normas de transmisión no son adecuadas en esta fase de desarrollo del servicio de televisión móvil; sin embargo, los Estados miembros sí deben organizar debates sobre estas normas. Al mismo tiempo, debe fomentarse el uso compartido y la coubicación de la infraestructura de red, y tener en cuenta también las inquietudes en materia de interoperabilidad e itinerancia.

Para garantizar la eficacia de las prácticas reguladoras relacionadas con la televisión móvil, la Comisión seguirá promoviendo el intercambio de mejores prácticas entre administradores nacionales y los agentes del mercado relevantes.

Última modificación: 18.02.2009

Top