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La política antidroga de la Unión Europea (UE) conlleva varias actividades relacionadas con la salud pública y la aplicación de la ley. Las bases jurídicas para la acción de la UE son el artículo 83, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), relativo a la cooperación policial y judicial en materia penal, y el artículo 168 del TFUE, que estipula que la UE debe complementar las acciones de los Estados miembros dirigidas a reducir los daños a la salud producidos por las drogas, incluidas la información y las medidas de prevención.
La UE adopta medidas estratégicas y operativas para reducir la oferta y la demanda de drogas y colabora estrechamente con todos los socios a escala nacional e internacional, las instituciones, los organismos y las agencias de la UE —como el Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías y la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Policial (Europol)—, así como con las organizaciones de la sociedad civil.
La Estrategia de la UE sobre Drogas 2021-2025 se adoptó en diciembre de 2020, forma parte de la Estrategia de la UE para una Unión de la Seguridad y tiene por objeto:
La legislación de la UE en cuestión de drogas se ocupa, en particular, del tráfico de drogas y de las nuevas drogas. Define los delitos de tráfico de drogas y establece normas mínimas sobre las sanciones. La UE también ha creado un sistema para intercambiar información sobre drogas nuevas, evaluar sus riesgos y someter a control cualquier nueva droga que sea perjudicial.
En el marco financiero plurianual 2021-2027, los siguientes fondos abordarán diversos retos relacionados con las drogas:
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