Intercambios intracomunitarios de animales reproductores de raza pura de las especies ovina y caprina
La Unión Europea (UE) armoniza las normas aplicables a los intercambios de ovinos y de caprinos de raza pura utilizados para la reproducción en su territorio.
ACTO
Directiva 89/361/CEE del Consejo, de 30 de mayo de 1989, sobre los animales reproductores de raza pura de las especies bovina y caprina [Véanse los acto(s) modificativo(s)].
SÍNTESIS
La presente Directiva fija normas comunes que regulan los intercambios de reproductores ovinos y caprinos de raza pura en el territorio europeo.
Ovinos y caprinos
La presente Directiva se aplica a:
- los reproductores caprinos y ovinos de raza pura cuyos ascendentes estén inscritos o registrados en un libro genealógico * de la misma raza, y que figuren en dicho libro, bien inscritos, bien registrados con posibilidad de ser inscritos;
- el esperma, a los óvulos y a los embriones de dichos animales.
Obligaciones de los Estados miembros
Los Estados miembros no podrán prohibir, restringir ni obstaculizar, por razones zootécnicas:
- los intercambios de reproductores ovinos y caprinos de pura raza ni de su esperma, óvulos o embriones en el territorio de la UE;
- el reconocimiento oficial de las organizaciones de ganaderos que lleven o creen libros genealógicos.
Los Estados miembros elaborarán y actualizarán la lista de organizaciones de ganaderos reconocidos que creen o lleven libros genealógicos antes de comunicarlo al resto de Estados miembros y al público.
Normas comunes a nivel europeo
La Comisión estará asistida por el Comité zootécnico permanente para determinar:
- los criterios para la autorización de las organizaciones y las asociaciones de ganaderos que lleven o creen libros genealógicos;
- los criterios de inscripción y registro en los libros genealógicos;
- los métodos de control del rendimiento y de apreciación del valor genético de los reproductores ovinos y caprinos de pura raza;
- los criterios de admisión de los reproductores o reproductoras para la utilización de su esperma, óvulos o embriones.
Certificado zootécnico
Durante su comercialización, los reproductores ovinos y caprinos de raza pura así como su esperma, sus óvulos y sus embriones, podrán ir acompañados de un certificado zootécnico si así lo exige el Estado miembro.
Importaciones de terceros países
Las normas aplicables a las importaciones de reproductores ovinos y caprinos de raza pura y de su esperma, óvulos y embriones, deben ser, como mínimo, equivalentes a las que regulan los intercambios entre los Estados miembros de la UE.
REFERENCIAS
| Acto | Entrada en vigor | Plazo de transposición en los Estados miembros | Diario Oficial |
|---|---|---|---|
|
Directiva 89/361/CEE |
5.6.1989 |
1.1.1991 |
DO L 153, 6.6.1989 |
| Acto(s) modificativo(s) | Entrada en vigor | Plazo de transposición en los Estados miembros | Diario Oficial |
|---|---|---|---|
|
Directiva 2008/73/CE |
3.9.2008 |
1.1.2010 |
DO L 219, 14.8.2008 |
Las modificaciones y correcciones sucesivas de la Directiva 89/361/CEE se han integrado en el texto de base. La versión consolidada
tiene un valor meramente documental.
ACTOS CONEXOS
Decisión 90/254/CEE de la Comisión, de 10 de mayo de 1990, por la que se establecen los criterios para la autorización de las asociaciones y organizaciones de ganaderos que lleven o creen libros genealógicos de reproductores ovinos y caprinos de raza pura [Diario Oficial L 145 de 8.6.1990].
Decisión 90/255/CEE de la Comisión, de 10 de mayo de 1990, por la que se determinan los criterios de inscripción de los reproductores ovinos y caprinos de raza pura en los libros genealógicos [Diario Oficial L 145 de 8.6.1990].
Decisión 90/256/CEE de la Comisión, de 10 de mayo de 1990, por la que se fijan los métodos de control de los rendimientos y de evaluación del valor genético de los reproductores ovinos y caprinos de raza pura [Diario Oficial L 145 de 8.6.1990].
Decisión 90/257/CEE de la Comisión, de 10 de mayo de 1990, por la que se establecen los criterios de admisión para la reproducción y utilización del esperma, óvulos y embriones de los reproductores ovinos y caprinos de raza pura [Diario Oficial L 145 de 8.6.1990].
Decisión 90/258/CEE de la Comisión, de 10 de mayo de 1990, por la que se establece el certificado zootécnico de reproductor ovino y caprino de raza pura y de su esperma, óvulos y embriones [Diario Oficial L 145 de 8.6.1990].



