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El proceso de estabilización y asociación

La Unión Europea desea lanzar un proceso de estabilización y asociación con Bosnia y Herzegovina, Croacia, la Antigua República Yugoslava de Macedonia y Albania, así como con Serbia y Montenegro, incluido Kosovo (en virtud de la Resolución 1244 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas), países que formaban la antigua República Federativa de Yugoslavia en 1999. Dentro de esta perspectiva, la Unión va a desarrollar nuevas relaciones contractuales con estos países por medio de acuerdos de estabilización y asociación.

ACTO

Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo de 26 mayo 1999 relativa al proceso de estabilización y asociación de los países del sudeste de Europa [COM(1999) 235 final - No publicada en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

La Comunicación contribuye a desarrollar la estrategia común de la Unión frente a los países del sudeste de Europa que constituirá el marco de las relaciones entre la Unión Europea y la región.

El planteamiento regional anterior

El planteamiento regional ya establecía en 1996 un marco para las relaciones con los cinco países de la región: Bosnia y Herzegovina, Croacia, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Albania, así como con la antigua República Federativa de Yugoslavia, hoy convertida en Serbia y Montenegro, incluido Kosovo (en virtud de la Resolución 1244 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas). Los objetivos del planteamiento regional fijados en 1996 eran apoyar la aplicación de los acuerdos de paz de Dayton/París y de Erdut y crear una zona de estabilidad política y prosperidad económica mediante:

  • el establecimiento y el mantenimiento de la democracia y el Estado de Derecho;
  • el respeto de las minorías y de los derechos humanos;
  • la reactivación de la actividad económica.

El proceso de estabilización y asociación

La Comunicación propone un planteamiento nuevo y reforzado con respecto a los países del sudeste de Europa. Ello supone llevar a cabo un proceso de estabilización y asociación que requiere:

  • elaboración de acuerdos de estabilización y asociación, con miras a una adhesión a la Unión Europea en cuanto se cumplan los criterios de Copenhague;
  • desarrollo de las relaciones económicas y comerciales con la región y dentro de ella;
  • incremento de la ayuda económica y financiera;
  • ayuda a la democratización, a la sociedad civil, a la educación y al desarrollo institucional;
  • cooperación en el ámbito de la justicia y asuntos de interior;
  • intensificación del diálogo político.

La Comunicación incluye también un análisis, país por país, de la observancia de los criterios de condicionalidad del proceso de estabilización y asociación. Partiendo de estos análisis, la Comisión declaraba que las negociaciones sobre los acuerdos de estabilización y asociación con Bosnia y Herzegovina y con Croacia comenzarían en cuanto estos países cumplieran las condiciones requeridas. En el caso de la República Federativa de Yugoslavia, hoy convertida en Serbia y Montenegro, incluido Kosovo (en virtud de la Resolución 1244 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas), la Comisión indicaba que, mientras prosiguiera el conflicto de Kosovo, no cabía plantearse la apertura de negociaciones. En cambio, en el de la Antigua República Yugoslava de Macedonia, anunciaba que iba a presentar una propuesta de apertura de negociaciones y, en el de Albania, manifestaba su disposición a informar, a su debido tiempo, sobre la posibilidad de iniciar negociaciones.

ACTOS CONEXOS

RELACIONES BILATERALES

  • Albania

Acuerdo de Estabilización y Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Albania, por otra - Protocolos – Declaraciones [DO L 107 de 28.4.2009].

  • Bosnia y Herzegovina

Propuesta de Decisión del Consejo y de la Comisión de 8 de abril de 2008 relativa a la celebración del Acuerdo de Estabilización y Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y Bosnia y Herzegovina, por otra [COM(2008) 182 final – no publicada en el Diario Oficial].

Acuerdo interino sobre comercio y asuntos comerciales entre la Comunidad Europea, por una parte, y Bosnia y Herzegovina, por otra [Diario Oficial L 169 de 30.6.2008].

  • Croacia

Acuerdo de Estabilización y Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Croacia, por otra [Diario Oficial L 26 de 28. 1.2005].

  • Macedonia

Acuerdo de Estabilización y Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la Antigua República Yugoslava de Macedonia, por otra [Diario Oficial L 84 de 20.3.2004].

  • Montenegro

Acuerdo de Estabilización y Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Montenegro, por otra DO L 108 de 29.4.2010.

EVALUACIÓN

Informe de la Comisión de 30 de marzo de 2004 titulado «El proceso de estabilización y asociación para la Europa del Sudeste. Tercer informe anual» [COM(2004) 202 final - no publicado en el Diario Oficial].

Informe de la Comisión de 26 de marzo de 2003 titulado «El proceso de estabilización y de asociación para la Europa del Sudeste. Segundo informe anual» [COM (2003) 139 final - no publicado en el Diario Oficial].

Informe de la Comisión de 3 de abril de 2002 titulado «El proceso de estabilización y de asociación para la Europa del Sudeste. Primer informe anual» [COM(2002) 163 final – no publicado en el Diario Oficial].

Última modificación: 07.06.2010

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