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Plan de acción en el ámbito de las ayudas estatales

El plan de acción en el ámbito de las ayudas estatales presentado por la Comisión Europea inicia una reforma exhaustiva de la política de ayudas estatales, que se llevará a cabo de 2005 a 2009. Su objetivo es garantizar a los Estados miembros un marco claro y previsible que les permita conceder ayudas estatales orientadas hacia la consecución de los objetivos de la estrategia de Lisboa.

ACTO

Plan de acción en el ámbito de las ayudas estatales - Ayudas estatales menos numerosas y más específicas: hoja de ruta para la reforma de las ayudas estatales 2005-2009 [Documento de consulta no publicado en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

El plan de acción presentado por la Comisión Europea consiste en una hoja de ruta orientativa de la reforma de la política de ayudas estatales durante un período de cinco años, de 2005 a 2009.

Esta reforma tiene por objeto, en particular, estimular a los Estados miembros a que contribuyan a la consecución de los objetivos de la estrategia de Lisboa. De este modo, la nueva política en materia de ayudas estatales debiera ayudar a los Estados miembros a enfocar sus ayudas públicas a mejorar la competitividad de la industria europea y a la creación de puestos de trabajo sostenibles.

La reforma, además, tenderá a racionalizar y simplificar los procedimientos con el fin de garantizar a los Estados miembros un marco claro y previsible en materia de ayudas estatales.

Razón de ser de la política comunitaria en materia de ayudas estatales

Al formar parte integrante de la política comunitaria de competencia, el control de las ayudas estatales contribuye a mantener unos mercados competitivos. El Tratado constitutivo de la Comunidad Europea prohíbe las ayudas estatales que falseen o amenacen falsear la competencia en el mercado común (artículo 87.1 CE). En efecto, las ayudas estatales pueden suponer distorsiones de la competencia al favorecer a determinadas empresas o producciones. Por consiguiente, el hecho de controlarlas garantiza condiciones de competencia equivalentes para el conjunto de las empresas que operan en el mercado interior.

No obstante, el Tratado autoriza excepciones cuando las ayudas pueden tener efectos positivos para la Unión Europea en general. En determinadas ocasiones las ayudas estatales pueden resultar muy útiles para alcanzar objetivos de interés común (servicios de interés económico general, cohesión social y regional, empleo, investigación y desarrollo, desarrollo sostenible, fomento de la diversidad cultural, etc.), y corregir ciertas «deficiencias del mercado». Por distintas razones (factores externos, poder de mercado, problemas de coordinación entre los agentes del mercado, etc.), a veces un mercado no funciona con la eficiencia requerida desde un punto de vista económico. En tal caso, los Estados miembros pueden intervenir concediendo ayudas públicas. De este modo aumentan la eficiencia del mercado y ayudan al crecimiento.

Por lo tanto, las ayudas estatales pueden ser compatibles con el Tratado si responden a objetivos de interés común claramente definidos y no falsean la competencia en una medida contraria al interés común. El control de las ayudas estatales consiste en encontrar un equilibrio entre los efectos negativos en la competencia y los efectos positivos en términos de interés común, debiendo ser las presuntas ventajas para el interés común superiores a las distorsiones de competencia. El Tratado encomienda esta tarea a la Comisión Europea.

Unas normas sobre ayudas estatales cada vez más complejas y numerosas, la ampliación de la Unión Europea a diez nuevos Estados miembros en 2004 y la necesidad imperativa de dar un nuevo impulso a la estrategia de Lisboa han hecho patente la necesidad de racionalizar la política de ayudas estatales y de clarificar sus principios fundamentales.

Directrices del plan de acción

La reforma de la política de ayudas estatales pretende ser exhaustiva y coherente. El plan de acción presenta las directrices que deberán regir esta reforma y que serán comunes a los distintos instrumentos que las desarrollen.

  • Unas ayudas estatales menos numerosas y más específicas: el objetivo consiste en orientar las ayudas estatales a las actividades para las que los mercados financieros se resisten a prestar fondos o a las que participan en el crecimiento, la competitividad o la creación de empleo sostenible. Sin embargo, alcanzar este objetivo depende en parte de que se adopte un enfoque económico más preciso.
  • Un enfoque económico más preciso: se trata de elucidar las razones por las cuales, sin intervención pública, el mercado no alcanza un resultado óptimo, ya sea porque existe una «deficiencia del mercado», ya sea porque el mercado provoca desigualdades sociales o regionales que es necesario corregir. En tal caso, conviene valorar mejor si se justifican las ayudas estatales, si constituyen la solución más conveniente y cómo pueden aplicarse sin falsear la competencia en una medida contraria al interés común. Este enfoque permitirá facilitar y acelerar la autorización de las ayudas que menos falseen la competencia y, al mismo tiempo, concentrar la atención en las ayudas que pudieran crear las distorsiones de competencia más graves.
  • Procedimientos más eficaces y mejorar la aplicación, la previsión y la transparencia: mejorar las normas sobre ayudas estatales requerirá procedimientos más eficaces y más transparentes, ampliar el ámbito de aplicación de las exenciones por categorías, reducir el número de ayudas que deben notificarse, acelerar la toma de decisiones y adoptar normas de procedimiento adaptadas a la Unión Europea ampliada. El resultado será un incremento de la seguridad jurídica y facilitar las tareas administrativas tanto para la Comisión Europea como para los Estados miembros. Por otra parte, gracias a una mayor transparencia, empresas, especialistas de la competencia, consumidores y opinión pública podrán intervenir más fácilmente contra las ayudas incompatibles, en particular ante los órganos jurisdiccionales nacionales.
  • Reparto de responsabilidades entre la Comisión y los Estados miembros: mejorar las normas y procedimientos en materia de ayudas estatales no será posible, sin embargo, sin el apoyo activo de los Estados miembros. Estos últimos deberán comprometerse a notificar todas las ayudas que tengan intención de conceder y respetar las normas sobre ayudas estatales.

Centrar las ayudas estatales en las prioridades de la estrategia de Lisboa

Por otra parte, el plan de acción incita a los Estados miembros a concentrar sus ayudas públicas en los objetivos de la estrategia de Lisboa. De este modo la política de ayudas estatales debiera permitir concentrarse en las deficiencias del mercado para favorecer estos objetivos. Cabe destacar ocho ámbitos prioritarios:

  • innovación e investigación y desarrollo (I&D): las normas en materia de ayudas estatales deberán incitar a la industria a invertir en I&D y a tener en cuenta la importancia creciente de las asociaciones entre el sector público y el sector privado;
  • estimular el espíritu de empresa y mejorar el entorno de las empresas: las normas sobre ayudas estatales deberán facilitar el inicio rápido de las actividades de las empresas, en particular estimular el capital riesgo;
  • inversión en capital humano;
  • servicios de interés económico general (SIEG): las ayudas estatales deberán contribuir a la realización de los objetivos de servicio público, participando así en SIEG eficaces y de calidad;
  • definir mejor las prioridades mediante la simplificación y codificación de la normativa: habrá que aplicar el principio según el cual la política de ayudas estatales debe concentrarse en los tipos de ayuda que más falsean la competencia;
  • una política regional específica: la política de ayudas estatales deberá contribuir a reducir las disparidades entre las regiones europeas, convirtiéndose de este modo en un factor de cohesión y estabilidad territorial;
  • fomentar un desarrollo viable desde el punto de vista ecológico;
  • instaurar infraestructuras modernas en los ámbitos de transportes, energía, información y comunicación: las normas en materia de ayuda estatal deberán tener en cuenta la importancia creciente de las asociaciones entre el sector público y el sector privado.

Etapas siguientes

A partir de 2005 y hasta 2009, la Comisión presentará propuestas en las que se especificará, para cada ámbito relativo a las ayudas estatales, la reforma iniciada por el plan de acción. De este modo, se procederá a un examen del conjunto de los instrumentos relativos a las ayudas estatales para que los mismos principios se les apliquen de manera coherente y global. Sin embargo, algunos sectores sujetos a normas muy específicas (agricultura, pesca, carbón y transportes), no se verán afectados por la reforma iniciada por el plan de acción.

See also

Si desea consultar el texto íntegro del plan de acción y obtener más información sobre este tema, consulte el sitio de la Dirección General de Competencia sobre el plan de acción en el ámbito de las ayudas estatales (EN).

Última modificación: 30.09.2005

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