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Confitura y crema de castañas

La composición y el etiquetado de las confituras y de la crema de castañas edulcorada están sujetos a normas específicas.

ACTO

Directiva 2001/113/CE del Consejo, de 20 de diciembre de 2001, relativa a las confituras, jaleas y «marmalades» de frutas, así como a la crema de castañas edulcorada, destinadas a la alimentación humana [Véanse los actos modificativos].

SÍNTESIS

Los productos regulados por esta Directiva son la confitura, la confitura extra, la jalea, la jalea extra, la «marmalade», la «marmalade» de jalea y la crema de castañas edulcorada.

Los productos destinados a la elaboración de productos de panadería fina, pastelería o galletería quedan fuera de su ámbito de aplicación.

Los productos en cuestión se definen sobre la base de su composición, para favorecer un uso comercial correcto y no engañoso de sus denominaciones.

La denominación se completa mediante la indicación de la fruta o frutas utilizadas, en orden decreciente del peso. No obstante, en el caso de productos elaborados a partir de tres o más frutas, la indicación de las frutas empleadas podrá sustituirse por la indicación «frutas varias» u otra similar o por la indicación del número de frutas utilizadas.

Por otra parte, en el etiquetado de las confituras, jaleas, «marmalades» y crema de castañas edulcorada debe indicarse:

  • el contenido de fruta por cada 100 gramos de producto;
  • el contenido total de azúcares si en el etiquetado no figura ninguna declaración de propiedades nutritivas relativa a los azúcares conforme a la Directiva 90/496/CEE;
  • el contenido residual de anhídrido sulfuroso cuando sea superior a 10 mg/kg.

El Anexo II de la Directiva establece una lista de aditivos autorizados como la miel, el azúcar, los zumos de frutas y determinados espirituosos.

Los Estados miembros no pueden obstaculizar la comercialización de los productos que se ajusten a las disposiciones de esta Directiva.

Contexto

Esta Directiva se inscribe en un marco de simplificación de determinadas directivas verticales relativas a productos alimenticios. Tiene en cuenta la Directiva relativa al etiquetado y la publicidad de los productos alimenticios.

REFERENCIAS

ActoEntrada en vigorPlazo de transposición en los Estados miembrosDiario Oficial
Directiva 2001/113/CE

12.1.2002

11.7.2003

DO L 10 de 12.1.2002

Acto(s) modificativo(s)Entrada en vigorPlazo de transposición en los Estados miembrosDiario Oficial
Directiva 2004/84/CE

12.7.2004

-

DO L 219 de 19.6.2004

Reglamento (CE) n° 1182/2007

6.11.2007

-

DO L 273 de 17.10.2007

Las modificaciones y correcciones sucesivas de la Directiva 2001/113/CE se han incorporado al texto de base. La versión consolidada tiene un valor meramente documental.

Última modificación: 27.12.2010
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