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Letonia

1) REFERENCIAS

Dictamen de la Comisión COM(1997) 2005 final [No publicado en el Diario Oficial]

Informe de la Comisión COM(1998) 704 final [No publicado en el Diario Oficial]

Informe de la Comisión COM(1999) 506 final [No publicado en el Diario Oficial]

Informe de la Comisión COM(2000) 706 final [No publicado en el Diario Oficial]

Informe de la Comisión COM(2001) 700 final - SEC (2001) 1749 [No publicado en el Diario Oficial]

Informe de la Comisión COM(2002) 700 final - SEC (2002) 1405 [No publicado en el Diario Oficial]

Informe de seguimiento de la Comisión COM(2003) 675 final - SEC(2003) 1203 [No publicado en el Diario Oficial]

Tratado de adhesión a la Unión Europea [Diario Oficial L 236 de 23.9.2003]

2) SÍNTESIS

En su dictamen de julio de 1997 la Comisión Europea consideraba que Letonia debería poder responder a medio plazo a las exigencias de la Comunidad Europea en el sector audiovisual, siempre que la alineación de la legislación se realizara sin demora y que ésta fuera acompañada de las adaptaciones estructurales necesarias de la industria.

El informe de noviembre de 1998 constataba que Letonia había realizado algunos progresos, concretamente con la aprobación de una nueva Ley sobre radio y televisión. No obstante, no se había evaluado aún su conformidad con el Derecho comunitario.

El informe de octubre de 1999 subrayaba los cambios que se habían producido en el sector audiovisual de Letonia. No obstante, a pesar de la entrada en vigor de las enmiendas que introducía la Ley de 1998 sobre radio y televisión, debían hacerse grandes esfuerzos para integrar el acervo comunitario.

El informe de noviembre de 2000 indicaba que Letonia continuaba adaptando su legislación al acervo comunitario.

El informe de noviembre de 2001 destacaba los progresos realizados por Letonia en la adopción del acervo comunitario en los ámbitos audiovisual y cultural.

El informe de octubre de 2002 ponía de relieve que se habían registrado nuevos avances en este sector, sobre todo en cuanto al desarrollo de las estructuras institucionales. Sin embargo, no se había hecho ningún progreso significativo para que la legislación estuviera en consonancia con el acervo en materia de política audiovisual.

El informe de 2003 indica que, en lo esencial, Letonia respeta los compromisos y las exigencias que se derivan de las negociaciones de adhesión en el ámbito audiovisual. Por lo que se refiere a la cultura, la legislación letona está en consonancia con el acervo comunitario.

El Tratado de adhesión se firmó el 16 de abril de 2003, y la adhesión se produjo el 1 de mayo de 2004

ACERVO COMUNITARIO

En el ámbito audiovisual es la libre circulación de servicios audiovisuales en el seno de la UE, así como el fomento de la industria europea de programas. La Directiva relativa a la televisión sin fronteras, que es aplicable a todos los organismos de radiodifusión con independencia de los modos de transmisión (terrestre, satélite o cable) o de su carácter público o privado, contiene este acervo y establece normas básicas sobre difusión transfronteriza. Los puntos principales son:

  • garantizar la libre circulación de emisiones televisivas entre los Estados miembros;
  • fomentar la producción y la distribución de productos audiovisuales europeos (estableciendo una proporción mínima de tiempo de emisión para productos europeos e independientes);
  • fijar unas normas básicas en materia de publicidad televisiva;
  • garantizar la protección de los menores y el derecho de réplica.

El Acuerdo Europeo entre la Unión Europea y Letonia establece una cooperación con miras al fomento y la modernización de la industria audiovisual y la armonización de los aspectos reglamentarios de la política audiovisual.

La Directiva relativa a la televisión sin fronteras es una de las medidas de la fase I del Libro Blanco sobre los países de Europa Central y Oriental y el mercado interior (1995).

EVALUACIÓN

El marco legal del sector audiovisual fue establecido mediante la Ley de 1995 sobre los servicios de radio y televisión, por la Ley sobre la prensa y los otros medios de comunicación y por las decisiones del Consejo Nacional de Radio y Televisión.

La revisión de la legislación vigente en este sector comenzó en 1997. El Gobierno letón había declarado que esta reforma colmaría todas las lagunas existentes.

En julio de 1997 Letonia adoptó una ley sobre la radio y la televisión con el fin de armonizar su legislación con la Directiva «Televisión sin fronteras». Esta Ley es objeto de evaluación en estos momentos. Sin embargo, debe establecerse un calendario preciso para la alineación legislativa. El compromiso de Letonia de adecuar su legislación al acervo comunitario, suscrito en el marco de su adhesión a la OMC, es positivo. Letonia ratificó también el Convenio europeo sobre la Televisión transfronteriza.

El Consejo Nacional de Radio y Televisión, organismo de tutela independiente, funciona de manera eficaz. Se encarga de conceder las licencias de radio y teledifusión y de velar por el respeto de las leyes y normativas.

En noviembre de 1998 entraron en vigor las enmiendas a la Ley sobre radio y televisión. No obstante, deben hacerse grandes esfuerzos para que la Ley sea plenamente compatible con la Directiva «Televisión sin fronteras», sobre todo en temas de radiodifusión y venta por correspondencia, criterios jurisdiccionales, difusión de acontecimientos importantes y fomento de las obras europeas e independientes. Se deberá dotar al Consejo Nacional de Radio y Televisión de suficiente personal y medios financieros, y será preciso crear un sistema independiente de control y sanciones.

Letonia modificó en octubre de 1999 la Ley sobre radio y televisión. Durante el año 2000 se mejoró el papel del Consejo Nacional de Radio y Televisión, aunque todavía deben reforzarse sus poderes de control y de sanción.

Deberá hacerse lo posible para precisar las condiciones de acceso de las empresas de radiodifusión pública a los eventos importantes, para promover las obras europeas e independientes y las normas relativas a la publicidad. Desde junio de 2001, el Consejo Nacional de Radio y Televisión puede imponer multas administrativas. Su capacidad administrativa deberá ser reforzada.

El informe de 2002 pone de manifiesto que Letonia ha tomado medidas dirigidas a reforzar el centro de información del Consejo, que ha completado la codificación, el estudio y la evaluación de los recursos en materia de información. Por otro lado, la Comisión destaca que la legislación letona en el ámbito audiovisual y cultural es, en gran parte, conforme con el acervo comunitario. Sin embargo, deben todavía introducirse algunas modificaciones en la Ley sobre radio y televisión, concretamente en las disposiciones relativas a los grandes acontecimientos y al porcentaje de música letona que debe difundirse en las ondas. Asimismo, Letonia debe volver a examinar el tiempo de difusión que las cadenas públicas han de reservar a las producciones nacionales, con vistas a una programación más equilibrada.

En octubre de 2000 Letonia ratificó el Protocolo del Convenio del Consejo de Europa sobre la televisión transfronteriza.

El informe de 2003 señala que Letonia ha introducido en la Ley sobre radio y televisión modificaciones relativas a los grandes acontecimientos, la difusión de obras musicales por los organismos de radiodifusión comprendidos en el ámbito de competencias nacional, la difusión de producciones nacionales por los organismos públicos de radiodifusión y el refuerzo de los poderes de sanción del Consejo Nacional de Radio y Televisión. Estas modificaciones consuman, en lo esencial, la alineación de la legislación letona con el acervo. Sin embargo, Letonia tiene todavía que resolver el problema de la difusión de producciones nacionales por los organismos públicos de radiodifusión.

Con su participación en el programa Rafael, Letonia ha demostrado su capacidad para poner en práctica el acervo comunitario en el ámbito cultural. Letonia organizó en Riga, en agosto y septiembre de 2001, el «mes cultural europeo». En octubre de 2001, el Consejo de asociación decidió autorizar a Letonia a participar plenamente en el programa Cultura 2000 a partir de 2001.

En el ámbito audiovisual se firmó, en julio de 2002, un protocolo de acuerdo que prevé la participación de Letonia en los programas comunitarios MEDIA Plus (2001-2005) y MEDIA Formación (2001-2005), con efectos a partir de enero de 2002. Desde entonces, Letonia puede beneficiarse de la financiación para el desarrollo, la distribución y la promoción de obras audiovisuales letonas, así como para acciones de formación.

Última modificación: 12.01.2004

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