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Bulgaria

REFERENCIAS

Dictamen de la Comisión [COM(97) 2008 final - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(1998) 707 final - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(1999) 501 final - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(2000) 701 final - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(2001) 700 final--SEC(2001) 1744 final - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(2002) 700 final--SEC(2002) 1400 - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(2003) 676 final - SEC(2003) 1210 - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(2004) 657 final - SEC(2004) 1199 - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(2005) 534 final - SEC(2005)1532 - No publicado en el Diario Oficial] Tratado de adhesión a la Unión Europea [Diario Oficial L 157 de 21.6.2005]

SÍNTESIS

En su dictamen de julio de 1997 la Comisión Europea señalaba que el progreso realizado en Bulgaria en relación con la incorporación del acervo comunitario era muy escaso. La política agrícola requería profundas reformas a fin de preparar a Bulgaria para la aplicación de dicho acervo.

En el informe de noviembre de 1998 se hacían constar algunos avances en relación con el cumplimiento de las prioridades a corto plazo establecidas en la asociación para la adhesión, además de otros logros en materia de liberalización de los precios agrarios y de los gravámenes y restricciones no cuantitativas de exportación. No obstante, se solicitaron esfuerzos suplementarios, sobre todo en lo concerniente al proceso de reforma agraria.

El informe de octubre de 1999 señalaba algunas mejoras en lo que se refiere a la aproximación. No obstante, seguían existiendo dificultades para la aplicación efectiva de las medidas transpuestas, debido fundamentalmente a la falta de recursos financieros. Además, se requerían nuevos esfuerzos en los sectores de la ganadería y del mercado de tierras de cultivo. En lo que respecta a la política pesquera, el informe subrayaba que Bulgaria ya había adoptado las primeras medidas y que había firmado la mayor parte de acuerdos y convenciones de las Naciones Unidas relativas a este sector.

El informe de noviembre de 2000 destacaba el importante avance realizado por Bulgaria en el ámbito agrícola, especialmente en los sectores vinícola y de producción de cereales. No obstante, el nivel de la inversión privada seguía siendo escaso, el mercado de tierras de cultivo no funcionaba de forma transparente y la normativa en materia de organizaciones comunes de mercado no se ajustaba a las disposiciones de la PAC. En el sector de la pesca, Bulgaria debía seguir esforzándose para transponer el acervo comunitario y aplicar la política pesquera común.

El informe de noviembre 2001 señalaba que Bulgaria había avanzado satisfactoriamente en materia de aproximación de las legislaciones. El organismo SAPARD había obtenido la aprobación parcial de la Comisión Europea.

En el sector de la pesca, la aprobación de la ley sobre la pesca y la acuicultura había supuesto un progreso considerable. Además, se había reforzado la capacidad administrativa en materia de gestión, inspección y control de los recursos, y la creación del registro de la flota pesquera seguía un curso satisfactorio.

El informe de octubre de 2002 destacaba, en lo que concierne agricultura, el esfuerzo realizado por Bulgaria en materia de aproximación de la normativa y reforzamiento de las instituciones. Por el contrario, la aplicación de la normativa no había avanzado en la misma medida. En lo referente a la pesca, se habían logrado avances en los ámbitos de la adopción y aplicación de la política pesquera común.

El informe de noviembre de 2003 indicaba que Bulgaria había progresado satisfactoriamente en lo concerniente a las cuestiones horizontales, si bien el establecimiento de las organizaciones comunes de mercado había experimentado cierto retraso. Se habían producido avances en materia de desarrollo rural y en los sectores veterinario y fitosanitario. En lo que concierne a la pesca, desde el último informe la situación había experimentado un progreso considerable.

El informe de octubre de 2004 constataba el progreso realizado en lo concerniente a la aproximación al acervo comunitario y el refuerzo de la capacidad administrativa. Bulgaria había progresado adecuadamente en las cuestiones horizontales, como, por ejemplo, la aplicación del FEOGA y el desarrollo de las organizaciones comunes de mercado.

El informe de octubre 2005 constata que Bulgaria está respetando los compromisos y exigencias que se derivan de las negociaciones de adhesión en lo que concierne a determinadas cuestiones horizontales. No obstante, es necesario un mayor esfuerzo en la instauración de los sistemas operativos y en el sector veterinario. Con respecto al sector pesquero, todavía es preciso que se realicen avances en lo concerniente a la gestión de los recursos y la adopción de la normativa en materia de política de mercado.

ACERVO COMUNITARIO

La finalidad de la política agrícola común (PAC) es mantener y desarrollar una agricultura moderna que garantice un nivel de vida equitativo a la población agraria y el abastecimiento de productos alimenticios al consumidor a precios razonables, asegurando la libre circulación de mercancías en el territorio de la Comunidad Europea.

El Acuerdo europeo, que constituye el marco jurídico de los intercambios de productos agrícolas entre Bulgaria y la Comunidad Europea, tiene como fin fomentar la cooperación en lo que se refiere a la modernización, la reestructuración y la privatización del sector agrícola búlgaro, así como de la industria agroalimentaria y las normas fitosanitarias. El Libro Blanco sobre los países de Europa central y oriental y el mercado interior (1995) abarca la normativa en materia de controles veterinarios, fitosanitarios y de la alimentación animal, así como las condiciones de comercialización de los productos. La finalidad de esa normativa es lograr la protección de los consumidores, la salud pública y la sanidad animal y vegetal.

La política pesquera común abarca las organizaciones comunes de mercados, la política estructural, los acuerdos celebrados con terceros países, la gestión y conservación de los recursos de la pesca y la investigación científica dedicada a esas actividades.

El Acuerdo europeo contiene disposiciones relativas al comercio de productos de la pesca con la Comunidad. El Libro Blanco no prevé medidas relativas a la materia.

EVALUACIÓN

Agricultura

Bulgaria ha clausurado provisionalmente las negociaciones sobre este capítulo y se le han concedido determinados regímenes transitorios. En términos generales, este país respeta los compromisos adquiridos y cumple las exigencias derivadas de las negociaciones de adhesión.

En lo que concierne al establecimiento del organismo pagador, cabe señalar que no se ha producido progreso alguno y que todavía deben adoptarse medidas legislativas en este ámbito. Además, es necesario establecer un sistema integrado de gestión y control (SIGC).

En el sector de las organizaciones comunes de mercado (OCM), aún no se han instaurado las estructuras que precisan dichas organizaciones. En el ámbito legislativo, no se ha registrado ningún progreso en el sector lechero, aunque se han producido avances en los sectores del vino, el azúcar y las frutas y hortalizas.

Se ha concedido a este país un período transitorio de tres años en lo que respecta a la política de desarrollo rural.

Por otro lado, se precisa un esfuerzo particular en materia de aproximación de la legislación en el sector veterinario, que debe consistir, en particular, en la adopción de la ley marco veterinaria. Es urgente concentrar los esfuerzos en la lucha contra las enfermedades animales, el comercio de animales vivos y los productos de origen animal, la sanidad pública veterinaria y el bienestar de los animales.

Pesca

En términos generales, Bulgaria respeta los compromisos y se ajusta a las exigencias que se derivan de las negociaciones de adhesión en lo que respecta a las ayudas estatales y los acuerdos de pesca internacionales.

No obstante, debe intensificar sus esfuerzos en el sector de la gestión de los recursos y de la flota, consolidando los instrumentos de inspección y control, incluido el establecimiento del sistema de vigilancia de buques.

Es necesario que se produzcan avances en el establecimiento de las organizaciones comunes de mercado (OCM) y de las capacidades administrativas necesarias para la gestión y supervisión del sector.

Se han clausurado provisionalmente las negociaciones sobre este capítulo y Bulgaria no ha solicitado la aplicación de disposiciones transitorias.

Última modificación: 01.02.2006

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